Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar un Convenio de Comodato con el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chubut
VISTO:
La Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; la Ordenanza Municipal N° 1.899/21; la Nota N° 896/23 ingresada al Honorable Concejo Deliberante de Trevelin; el Despacho de Comisión de Obras Públicas N° 407/23; Y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, establece que la administración de tierras fiscales es competencia del Honorable Concejo Deliberante.
Que, la Ordenanza Municipal N°1.899/21, se da en carácter de donación la parcela identificada provisoriamente como Lote j, en el Macizo 96, de acuerdo al plano que forma parte del Anexo I de dicha Ordenanza, para ser destinado a la edificación de la sede del Juzgado de Paz de la localidad de Trevelin.
Que, mediante la Nota N° 896/23 del HCD, el Departamento Ejecutivo Municipal eleva a este Honorable Concejo Deliberante eleva Nota presentada por el Arq. Marcelo C. Ferretti, del Poder Judicial de la Provincia del Chubut, en la cual expresa la necesidad de recibir en comodato un lote lindero al Lote j, Macizo 96, otorgado en donación al Poder Judicial de la Provincia de Chubut a través de la Ordenanza N° 1.899/21, dada la necesidad de instalación de equipos de gas a granel envasado tipo zeppeling.
Que, la solicitud expresada en el párrafo precedente fue motivada ante la negativa del proveedor de gas “Camuzzi Gas del Sur”. De proceder a nuevas instalaciones de red.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto precedentemente a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 de Corporaciones Municipales, sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1°: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar un Convenio de Comodato con el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chubut, para el uso de una parcela lindera a la ya otorgada en donación a través de la Ordenanza Municipal N° 1.899/21.
Artículo 2°: ESTABLECER que el Convenio de Comodato a Celebrar entre el Departamento Ejecutivo Municipal y el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chubut tendrá vigencia por tiempo indeterminado, hasta tanto se regularice la conexión a la red de gas natural por parte del proveedor de gas “Camuzzi Gas del Sur”.
Artículo 3°: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal y al Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chubut, para su conocimiento y efectos correspondientes.
Artículo 4°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.