ORDENANZA N° 2.262/23

Imponer el nombre “Complejo Polideportivo Municipal Evita” al edificio sede de la Secretaría de Deportes y Recreación

VISTO:

                    La Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; la Ordenanzas Municipales N° 211/00, N° 465/04, N° 560/05, N° 700/07 y N° 744/08; y Acta de Sesión N° 18/23 correspondiente a la XVI Sesión Ordinaria 2.023; Y,

CONSIDERANDO:

                                        Que, la Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, Articulo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de sus facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.

                                        Que, mediante la Ordenanza Municipal N° 211/00, se crea la “Dirección Municipal de Deportes” el 11 de diciembre del año 2.000.

                                        Que, mediante la Ordenanza Municipal N° 465/04, se aprueba el Contrato de Subpréstamo suscripto entre el Gobierno de la Provincia del Chubut y la Municipalidad de Trevelin, representados por el Sr. Gobernador Mario Das Neves y el Intendente Dr. Carlos Mantegna, respectivamente, para la formulación y ejecución del Proyecto “Construcción Polideportivo Municipal”. Dicho otorgamiento fue en el marco de los Contratos de Préstamos suscriptos entre la República Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), y el Contrato de Préstamos Subsidiario firmado entre la Provincia del Chubut y la Nación Argentina, cubriendo el 90% de la obra.

                                        Que, el Contrato de Subpréstamo mencionado en el párrafo anterior fue destinado únicamente para cubrir las erogaciones para la construcción del Albergue, Salones de Usos Múltiples y Gimnasio.

                                        Que, mediante la Ordenanza Municipal N° 560/05, se autorizó al Departamento Ejecutivo Municipal a destinar la financiación de la contraparte Municipal de la obra “Complejo Polideportivo Municipal – Natatorio”, producida por la venta de terrenos expresados en las Ordenanzas N° 312/02 y 502/05.

                                        Que, mediante la Ordenanza Municipal N° 700/07, se ratifica en todos sus términos el Contrato suscripto entre la Provincia del Chubut y la Municipalidad de Trevelin para la ejecución de la obra de provisión de infraestructura eléctrica del Complejo Polideportivo Municipal, firmado por el Sr. Gobernador de la Provincia Mario Das Neves y el Intendente Dr. Carlos Mantegna.

                                         Que, mediante la Ordenanza Municipal N° 744/08, se exceptúa de la Ordenanza N° 68/96 para los festejos del Acto de Inauguración del Complejo Polideportivo Municipal.

                                        Que, el desarrollo del Proyecto del Complejo Polideportivo Municipal de Trevelin se dio durante el segundo gobierno del Intendente Dr. Carlos Mantegna, quien al asumir no contaba con una estructura formal designada como Secretaría de Deportes.

                                        Que, el Intendente Dr. Carlos Mantegna, designó al Sr. Eduardo Bjerring como Director de Deportes, Director que tuvo a su cargo la planificación, la construcción de la primer maqueta y llevó adelante su rol como Director de Deportes entre el año 2.000 y el año 2.011.

                                        Que, una vez presentada ante el equipo de gestión Municipal, el Intendente Carlos Mantegna inició la gestión para conseguir los fondos necesarios para llevar adelante la construcción del Complejo Polideportivo, obteniendo el visto bueno del entonces Gobernados Mario Das Neves, quien con su equipo técnico de Provincia acompañó y financió la construcción del Gimnasio y el Albergue para el Complejo Municipal.

                                        Que, dentro de la planificación del Complejo Polideportivo Municipal constaba de un natatorio, el cual no se vería comprendido en el financiamiento obtenido con la Provincia del Chubut, razón por la cual se afronta el financiamiento del primer natatorio municipal de Trevelin con fondos propios municipales; y cuyo diseño para su uso fue consultado con vecinos/as interesados/as e idóneos/as para lograr un espacio que involucre a la mayor cantidad de actividades acuáticas.

                                        Que, el Intendente Mantegna, a su vez, se asesoró en el uso y el diseño del natatorio con el medallista olímpico en natación, Luis Alberto Nicolao, campeón mundial, quien obtuviera dos récords mundiales en el año 1.962, siendo el único nadador argentino en tener un récord mundial homologado hasta el año 2.009

                                        Que, el diseño del Complejo Polideportivo estuvo a cargo del Arq. Ferreti, quien a su vez diseñó el actual edificio del Honorable Concejo Deliberante y el Palacio Municipal de Trevelin y sus Parajes.

                                        Que, para la sociedad de Trevelin y sus Parajes en su conjunto es de sumo orgullo, respeto y admiración la gran obra del “Complejo Polideportivo Municipal”, el cual, hasta la fecha de promulgación de la presente Ordenanza, no se ha avanzado en el debido proceso de imposición de nombre del edificio de mayor envergadura de nuestra localidad y que cobija a las actividades de cientos de infancias, adolescencias y personas adultas.

                                        Que, como propuesta de quien fuera durante 11 años Director y, posteriormente, Secretario de Deportes de nuestra localidad, el Sr. Eduardo Bjerring, se llega al consenso de aprobar el nombre de “Evita” al edificio del Complejo Polideportivo Municipal, en honor a Eva Duarte, Presidenta de la Fundación Eva Perón y una de las personalidades de la política argentina que más trabajó e hizo por el Deporte en nuestro país.

                                        Que, desde la “Fundación Eva Perón” se impulsó en 1.948 la creación y la puesta en ejecución de los históricos “Juegos Infantiles Evita”, competencias deportivas que funcionaron como herramienta de inclusión y promoción social, involucrando en su primera edición a más de 100.000 niños y niñas de todo nuestro país, los cuales acceden al deporte social y a la salud, dado el requerimiento de revisaciones médicas completas, siendo un dispositivo clave de salud para las infancias marginadas de nuestra nación quienes así accedieron a la práctica de hábitos saludables y la detección precoz de enfermedades.

                                        Que, el 26 de julio del año 1.952, y luego de un largo proceso de lucha contra la fatídica enfermedad del cáncer, pasa a la inmortalidad a la edad de 33 años la Sra. María Eva Duarte de Perón. Sin lugar a dudas, deja este plano una de las personalidades más importantes de la historia argentina, llamada la “abanderada de los descamisados” y quien, a su tan corta edad y en muy pocos años de gestión, realizó una obra social de tal magnitud que, a 71 años de su muerte, su nombre sigue siendo un enorme símbolo del trabajo social y deportivo en toda nuestra nación.

                                        Que, posteriormente de su fallecimiento, los “Juegos Evita” se siguieron llevando a cabo, logrando hacia el año 1.954 que cuenten con más de 200.000 participantes, multiplicando por miles los chequeos médicos tan importantes para la detección temprana de enfermedades, el mejoramiento del estilo de vida de esas y esos ciudadanos, y la creación del buen hábito del deporte en la vida de cada argentino y argentina.

                                        Que, luego del Golpe de Estado del año 1.955 llamado “Revolución Libertadora”, los Juegos Evita se cancelan, no pudiendo volver a realizarse ni siquiera un programa deportivo similar que atendiera las necesidades de las infancias en cuanto al deporte y la salud.

                                        Que, recién en el año 1.973, con el retorno a la democracia y la asunción de la 3° Presidencia de Juan Domingo Perón, se reinauguran los Juegos Evita, consagrándose en éste período un equipo de fútbol llamado “Los Cebollitas”, disputada en la Ciudad de Córdoba. Entre los jugadores consagrados, se encuentra nada más, ni nada menos que Diego Armando Maradona.

                                        Que, los Juegos Evita vuelven a sufrir una interrupción al unísono que la sufra nuestra Democracia en manos de la infame Dictadura Cívico-Militar de 1.976.

                                        Que, en el año 1.991, se consuma la vuelta de los Juegos Evita, pero se desarrolla de forma total en las instalaciones del Centro Nacional de Alto Rendimiento Deportivo (CENARD).

                                        Que, en el año 2.003 se reanudan los Juegos Evita bajo Decreto de Necesidad y Urgencia del Presidente Néstor Carlos Kirchner, logrando una participación nunca antes vista en materia de deportistas y variedad de deportes, llegando en el año 2.010 a más de un millón de participantes de nuestro país, involucrando también al deporte adaptado.

                                        Que, los Juegos Evita finalmente se instauran con peso de Ley Nacional, bajo el N° 26.462, en el año 2.008.

                                        Que, para nuestra localidad los Juegos Evita fueron, son y serán una de las principales propuestas deportivas que, como dispositivos de inclusión social y cuidado de la salud, es uno de los principales generadores de mayor igualdad para todos y todas; como así también un gran espacio para el desarrollo personal de cada deportista que año a año nos llena de orgullo representando a nuestra localidad en certámenes locales, zonales, provinciales y, también, nacionales.

                                        Que, por todo lo expuesto sobre la obra en vida de la Sra. María Eva Duarte, y todo lo que póstumamente fue realizado en su nombre, se decide y llega al consenso de establecer el nombre “Evita” al Edificio del Complejo Polideportivo Municipal.

                                        Que, el Cuerpo Legislativo de este Honorable Concejo Deliberante se expide de lo expuesto precedentemente a fin de sancionar la presente Ordenanza.

POR ELLO:

                    El Honorable Concejo Deliberante en uso de las facultades conferidas por la Ley XVI N°46 de Corporaciones Municipales, dicta la presente:

ORDENANZA

Artículo 1°: IMPONER el nombre “Complejo Polideportivo Municipal Evita” al edificio sede de la Secretaría de Deportes y Recreación, sito Calle Guillermo Brown y Calle Maestro Williams.

Artículo 2°: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipala emplazar en el frente del edificio del “Complejo Polideportivo Municipal Evita” el correspondiente cartel identificatorio.

Artículo 3°: ELEVAR la presente al Departamento Ejecutivo Municipal para su conocimiento y efectos pertinentes.

Artículo 4°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

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