ORDENANZA N° 2.197/23

Otorgar Condonación de Impuesto Municipal por Discapacidad

VISTO:

                    La Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; la Ley Nacional N° 22.431; las Resoluciones N° N° 209/2.020, N° 1.919/2021 y 322/2023 de la Agencia Nacional de Discapacidad; las Ordenanzas N° 1.436/16, N° 1.773/20 y 1.976/21; la Nota N° 649/23 ingresada al Honorable Concejo Deliberante de Trevelin; y el Despacho de Comisión de Hacienda N° 304/23; Y,

CONSIDERANDO:

                                        Que, la Ley XVI Nº 46 de Corporaciones Municipales, en su Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de las facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.

                                        Que, en un mismo tenor la normativa mencionada precedentemente faculta al Honorable Concejo Deliberante a legislar en materia tributaria.

                                        Que, la Ley Nacional N° 22.431, en su Artículo 2°, establece que se considera discapacitada a toda persona que padezca una alteración funcional permanente o prolongada, física o mental, que en relación a su edad y medio social implique desventajas considerables para su integración familiar, social, educacional o laboral.

                                        Que mediante ordenanza N° 1.436/16 se aprueba el código tributario municipal, y que en su artículo 109°, inciso “G”, establece la exención impositiva sobre aquello inmuebles que pertenezcan a inválidos, incapaces o septuagenario que no posean más de una propiedad y cuyo valor no exceda el importe que fije la ordenanza impositiva anual, con la condición de que sea habitado por su dueño y cuya entrada mensual por cualquier concepto, no supere la suma que fije la misma.

                                        Que, mediante la Ordenanza N° 1.773/20, se otorga el beneficio de exención impositiva por Discapacidad a nombre del beneficiario JONES, ALEJANDRO TEGID, D.N.I. 33.197.629.

                                        Que, según la Ordenanza 1.976/21, establece el beneficio de exención impositiva inmobiliaria y vehicular para personas que padezcan capacidades psicofísicas disminuidas y trasplantados.

Que, a partir de las Resoluciones N° 209/2.020 y N° 1.919/2021 emitidas por la Dirección Ejecutiva de la Agencia Nacional de Discapacidad, se prorroga el vencimiento de los Certificados Únicos de Discapacidad.

                                        Que, mediante la Resolución 322/2023  de la Agencia Nacional de Discapacidad, se establece que el Certificado Único de Discapacidad se otorgará sin sujeción a plazo temporal alguno, manteniendo plena vigencia y validez mientras que los criterios certificantes se mantengan, de conformidad con los lineamientos y condiciones emanados del Anexo IF de dicha Resolución.

                                        Que, mediante la Nota N° 649/23, se ingresa el último Certificado Único de Discapacidad a nombre del Sr. JONES, ALEJANDRO TEGID, D.N.I. 33.197.629, junto a su certificado de defunción, a fin de regularizar la Exención Impositiva otorgada por la Ordenanza Municipal N° 1.773/20.

                                        Que, atendiendo a la normativa Nacional mencionada previamente, este Cuerpo Legislativo resuelve condonar toda deuda impositiva sobre inmueble y automotor expresados en la Ordenanza Municipal N° 1.773/20, a nombre de STEINKAMP, NORMA HAYDEE, y cuyo beneficiario fue en vida el Sr. JONES, ALEJANDRO TEGID, D.N.I. 33.197.629.

                                        Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut-supra a fin de sancionar la presente normativa.

POR ELLO:

                            El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 de Corporaciones Municipales, sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1°: CONDONAR la Deuda en concepto de impuesto inmobiliario, en el período comprendido a partir del 12 de octubre de 2.021 y hasta el 30 de agosto de 2.023, sobre el inmueble identificado catastralmente como 1-1-56-16, a nombre de STEINKAMP, NORMA HAYDEE.

Artículo 2°: CONDONAR la Deuda en concepto de impuesto automotor, en el período comprendido a partir del 12 de octubre de 2.021 y hasta el 30 de agosto de 2.023, sobre el automotor FORD RANGER 2 DC- 4X2 XL- SAFETY 2.5L NAF, dominio AA192 GG, a nombre de STEINKAMP, NORMA HAYDEE.

Artículo 3º: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal, a la Secretaría de Hacienda y los solicitantes, para su conocimiento y efectos pertinentes.

Artículo 4°: Regístrese, comuníquese, publíquese y, cumplido, archívese.

ORDENANZA N° 2.197/23 – Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, el día 21 de septiembre del año 2.023, en la XI Sesión Ordinaria. Registrada bajo Acta N° 13/23. ——————————————————————————

A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga

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