Modificar la Ordenanza Municipal N° 2.112/23, en lo que respecta al beneficio de Exención del pago de Impuesto Inmobiliario a Bomberos Voluntarios, a nombre de BERWYN, GLENYS TAMARA
VISTO:
La Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; las Ordenanzas Municipales N° 2.066/22 y N° 2.112/23; la Nota N° 675/23; y el Despacho de comisión de Hacienda N° 302/23; Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de sus facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, la Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, también faculta al Honorable Concejo Deliberante a legislar en materia tributaria.
Que, la Ordenanza Municipal N° 2.066/22, deroga las Ordenanzas N° 745/08, 810/09 y 1.124/13, y establece que las personas titulares de Contribuciones Municipales que son bomberos voluntarios y forman parte del Cuerpo Activo, cuya antigüedad no sea inferior a tres (3) años a la fecha de sanción de la presente Ordenanza, la Reserva Activa y los bomberos voluntarios pensionados graciablemente que hayan prestado servicios por veinticinco años (25) corridos en la asociación de Bomberos Voluntarios de Trevelin, quedarán exentas de cargas tributarias correspondientes a bienes inmueble y automotor.
Que, la Ordenanza Municipal N° 2.112/23, otorgó beneficios de exención impositiva a bomberos y bomberas de nuestra localidad
Que, mediante Nota N° 675/23, la Sra. BERWYN, GLENYS TAMARA, D.N.I.: 37.962.475, solicita el cambio de inmueble debido a un error en la documentación presentada para su beneficio de exención inmobiliaria por Bombera Voluntaria de Trevelin.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin, en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 de Corporaciones Municipales, sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1°: CONDONAR la Deuda en concepto de impuesto inmobiliario, en el período comprendido a partir del 1° de enero del año 2.023 y hasta la promulgación de la presente Ordenanza, sobre el inmueble identificado catastralmente como 38-1-1-51-31, a nombre de Quiñigual, Adriana Elizabeth – DNI 20.239.116.
Artículo 2º: MODIFICAR el ANEXO I de la Ordenanza Municipal N° 2.112/23, en lo que respecta a la denominación catastral del inmueble declarado por la Sra. BERWYN, GLENYS TAMARA, D.N.I.: 37.962.475, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
APELLIDO Y NOMBRE | N° DNI | DATOS INMUEBLE | Propietario Inmueble – DNI | DATOS AUTOMOTOR | Propietario Automotor – DNI |
Berwyn, Glenys Tamara | 37.962.475 | E.38, C.1, S.1, Mza. 51, P.31 | A nombre de progenitor – Quiñigual, Adriana Elizabeth – DNI 20.239.116 | Dominio AF722SF – Marca FIAT CRONOS | automotor a su nombre |
Artículo 3°: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal, a la Secretaría de Hacienda y beneficiarios/as, para su conocimiento y efectos pertinentes.
Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.
ORDENANZA N° 2.194/23 – Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, el día 21 de septiembre del año 2.023, en la XI Sesión Ordinaria. Registrada bajo Acta N° 13/23. ——————————————————————————
A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga