Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a obtener un préstamo de hasta DÓLARES CIENTO SETENTA Y CINCO MIL (U$S 175.000,00) en el marco del Programa de Desarrollo Institucional e Inversiones Sociales Municipales, destinado a adquirir una máquina retro excavadora para uso Municipal
VISTO:
La Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; la Nota N° 660/23 ingresada a este Honorable Concejo Deliberante; y el Despacho de Comisión de Hacienda N° 284/23; Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XVI Nº 46 de Corporaciones Municipales, en su Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de las facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, mediante la Nota N° 660/23 del HCD, el Intendente de la Municipalidad de Trevelin y sus Parajes, el Sr. Héctor Ricardo Ingram, solicita la aprobación de un préstamo para la Municipalidad de Trevelin y sus Parajes, a través del Programa de Desarrollo Institucional e Inversiones Sociales Municipales (PRODISM) para la compra de una máquina retro excavadora.
Que, el Programa de Desarrollo Institucional e Inversiones Sociales Municipales (PRODISM) que administra la Provincia del Chubut, a través de la Unidad Ejecutora Provincial (U.E.P.) otorga préstamos con esa finalidad.
Que, a los fines de ejecutar el Programa, se requiere autorización del Honorable Concejo Deliberante Municipal.
Que, se ha realizado una renovación del Parque Automotor liviano de la Municipalidad de Trevelin y sus Parajes.
Que, ya se llevó a cabo la adquisición de un camión volcador y dos camiones recolectores.
Que, resulta indispensable y urgente la compra de una nueva máquina retro excavadora dada la situación de extrema necesidad respecto a la maquinaria pesada actual del Parque Automotor Municipal.
Que, dada la situación climática adversa de los últimos años, se vuelve indispensable contar con maquinaria acorde, sobre todo para los trabajos preventivos necesarios en la época estival.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut-supra a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 de Corporaciones Municipales, sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1°: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a obtener un préstamo de hasta DÓLARES CIENTO SETENTA Y CINCO MIL (U$S 175.000,00) en el marco del PRODISM destinado a adquirir una máquina retro excavadora para uso Municipal.
Artículo 2°: APROBAR el modelo de contrato de Subpréstamo que, como ANEXO I, forma parte integrante de la presente Ordenanza, solicitando al Departamento Ejecutivo Municipal gestione ante las autoridades de la Unidad Ejecutora Provincial (U.E.P.) –Programa de Desarrollo Institucional e Inversiones Sociales Municipales (PRODISM) que el llamado a licitación y proceso de contratación del equipamiento descripto en el Artículo 1° de la presente Ordenanza, sea efectuado por la Municipalidad de Trevelin.
Artículo 3º: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal, a la Secretaría de Coordinación de Gabinete y la Secretaría de Hacienda, para su conocimiento y efectos pertinentes.
Artículo 4°: Regístrese, comuníquese, publíquese y, cumplido, archívese.
ORDENANZA N° 2.190/23 – Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, el día 7 de septiembre del año 2.023, en la X Sesión Ordinaria. Registrada bajo Acta N° 12/23. ——————————————————————————
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