Dar de baja la adjudicación al Lote N° 3, Mza. 66, del Loteo Social Mercedes Nahuelpan a Opazo, Micaela
VISTO:
La Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; las Ordenanzas N° 1.869/21, N° 1.888/21, N° 2.064/22 y N° 2.126/23; la Nota N° 503/23 ingresada al Honorable Concejo Deliberante de Trevelin; el Acta N° 59/23 del libro de Actas del Loteo Mercedes Nahuelpan; y el Despacho de Comisión de Legislación General N° 282/23; Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XVI Nº 46 de Corporaciones Municipales, en su Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de las facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, la Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, Articulo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de sus facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, según la Ordenanza 1.869/21, se crea el Marco Regulatorio para la Adjudicación en Venta de los 123 Lotes pertenecientes al Loteo Municipal Trevelin 2021 “Mercedes Nahuelpan” que surgen del proyecto de fraccionamiento de los inmuebles identificados catastralmente como: Parcela 42, Chacra 22, Sector 5, Circunscripción 2, Ejido 38.
Que, según la Ordenanza N° 1.888/21, se modifica la Ordenanza Municipal N° 1.869/21.
Que, según la Ordenanza N° 2.064/22, se modifica la Ordenanza N° 1.869/21 y se amplía de 123 a 128 lotes con finalidad social, ampliando la cantidad de lotes sociales disponibles.
Que, según la Ordenanza N° 2.126/23, se adjudican en venta 124 lotes del Loteo Social Mercedes Nahuelpan, exceptuando cuatros casos a analizar en Comisión de dicho Loteo.
Que, mediante la Nota N° 503/23, OPAZO, MICAELA, D.N.I.: 39.443.004, informa la renuncia a su adjudicación del Lote 3, Mza. 66, del Loteo Mercedes Nahuelpan.
Que, según el Acta N° 59/23 del libro de Actas del Loteo Mercedes Nahuelpan, se resuelve aceptar la renuncia de la adjudicataria mencionada previamente.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut-supra a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 de Corporaciones Municipales, sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1°: DAR DE BAJA la adjudicación de la Parcela 3, Manzana 66, correspondiente a OPAZO, MICAELA, D.N.I.: 39.443.004.
Artículo 2º: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal, a la Secretaría de Coordinación de Gabinete y a los solicitantes, para su conocimiento y efectos pertinentes.
Artículo 3°: Regístrese, comuníquese, publíquese y, cumplido, archívese.
ORDENANZA N° 2.187/23 – Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, el día 7 de septiembre del año 2.023, en la X Sesión Ordinaria. Registrada bajo Acta N° 12/23. ——————————————————————————
A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga