ORDENANZA N° 2.182/23

Ratificación Acta Acuerdo Salarial firmado el 23 de agosto de 2023, entre el DEM y los sindicatos SOEMT y SOEME y ZO

VISTO:

                    La Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; y la Nota N° 633/23 ingresada al Honorable Concejo Deliberante; Y,

CONSIDERANDO:

                                        Que, la Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de sus facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.

                                        Que, mediante la Nota N° 633/23 del HCD, el Departamento Ejecutivo Municipal eleva el Acta Acuerdo entre el Departamento Ejecutivo Municipal y los gremios SOEMT y SOEME y ZO del día 23 de agosto de 2.023, para conocimiento y efectos, el cual como ANEXO I forma parte integrante de la presente.

                                        Que, corresponde a este Cuerpo Legislativo ratificar el documento mencionado en el párrafo previo, a fin de instrumentar el aumento salarial y asignación de bonos explicitados en él.

                                        Que, conforme lo mencionado en el Acta Acuerdo, rubricado por el Departamento Ejecutivo Municipal y los Gremios S.O.E.M.T y SOEME Y ZO, el cual forma parte de la presente como ANEXO I, se acuerda sobre un incremento salarial de Planta Permanente, Planta Transitoria, Personal G.I.R.S.U., Personal de Gabinete, Planta Política y Jubilados, del 35% acumulativo, a efectivizarse de la siguiente manera:

  1. 10% en el mes de agosto del año 2.023
  2. 7% en el mes de septiembre del año 2.023.
  3. 7% en el mes de octubre del año 2.023.
  4. 7% en el mes de noviembre del año 2.023.
  5. 4% en el mes de diciembre del año 2.023

                                        Que, el personal Contratado se establece un incremento de PESOS VEINTE MIL ($20.000) a partir del mes de agosto del año 2.023 aquellos contratos que actualmente se encuentran en PESOS SESENTA Y CINCO MIL ($65.000).

                                        Los contratos especiales se incrementarán en PESOS VEINTE MIL ($20.000) a partir del mes de agosto de 2.023.

                                        Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto previamente a fin de sancionar la presente normativa.

POR ELLO:

                              El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin, en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 de Corporaciones Municipales, sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1°: RATIFICAR en todos sus términos el Acta Acuerdo rubricado entre el Departamento Ejecutivo Municipal y los Gremios S.O.E.M.T (Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de Trevelin) y SOEME Y ZO, celebrado el 23 de agosto del año 2.023, el cual, como ANEXO I, forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°: OTORGAR un incremento Salarial al personal de Planta Permanente, Planta transitoria, Personal G.I.R.S.U., Personal de Gabinete, Planta Política y Jubilados, del 35% acumulativo, a efectivizarse de la siguiente manera:

  1. 10% en el mes de agosto del año 2.023
  2. 7% en el mes de septiembre del año 2.023.
  3. 7% en el mes de octubre del año 2.023.
  4. 7% en el mes de noviembre del año 2.023.
  5. 4% en el mes de diciembre del año 2.023

Artículo 3°: OTORGAR al Personal Contratado un incremento de PESOS VEINTE MIL ($20.000) a partir del mes de agosto de 2.023, sobre aquellos contratos que actualmente se encuentran en PESOS SESENTA Y CINCO MIL ($65.000).

Artículo 4°: OTORGAR al personal con contratos especiales un incremento de PESOS VEINTE MIL ($20.000) a partir del mes de agosto de 2.023.

Artículo 5º: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su implementación.

Artículo 6º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

ORDENANZA N° 2.182/23 – Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, el día 24 de agosto del año 2.023, en la IX Sesión Ordinaria. Registrada bajo Acta N° 11/23. ———————————————————————-

A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga

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