Ratificar en todos sus términos el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Trevelin y la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Obras Públicas de Nación para la ejecución del Proyecto “Desagües Pluviales – Trevelin” en el marco del Plan Argentina Hace
VISTO:
La Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; la Nota N° 597/23 ingresada al Honorable Concejo Deliberante de Trevelin; el Convenio celebrado entre la Municipalidad de Trevelin y la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Obras Públicas de Nación; y Despacho de Comisión de Legislación General N° 233/23; Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, Articulo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de sus facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, a través de la Nota N° 597/23 del HCD, el Intendente de la Municipalidad de Trevelin y sus Parajes solicita la ratificación mediante Ordenanza del CONVENIO DE ADHESIÓN AL PLAN ARGENTINA HACE para la EJECUCIÓN DE LA OBRA DESGÜES PLUVIALES MUNICIPALIDAD DE TREVELIN CHUBUT, firmado por el Municipio de la localidad de Trevelin con el Ministerio de Obras Públicas de la Nación bajo EXPEDIENTE: EX2023-75007637-APN-DGD#MOP.
Que, dicho Convenio -el cual consta como ANEXO I de la presente- tiene por objeto la asistencia financiera del MINISTERIO DE OIBRAS PÚBLICAS, a LA MUNICIPALIDAD de Trevelin para la ejecución del PROYECTO “DESAGÜES DE PLUVIALES”.
Que, la ejecución de la obra mencionada significa un gran avance en el desarrollo de la infraestructura de pluviales de desagüe para nuestra localidad, para seguir resolviendo una problemática histórica en cuanto al escurrimiento de aguas en la época húmeda del año, en la cual se registran mayores índices de precipitaciones.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut-supra a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin, en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 de Corporaciones Municipales, sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1°: RATIFICAR en todos sus términos el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Trevelin y la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Obras Públicas de Nación, en el marco del “Plan Argentina Hace”, para la ejecución del Proyecto “Desagües Pluviales – Trevelin”, por el cual el Ministerio brindará asistencia financiera al Municipio por PESOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE CON TRES CENTAVOS ($59.942.619,03), valores referidos al mes de marzo del año 2.023, el cual como ANEXO I forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°: el gasto que demande la presente contratación será imputada en la respectiva partida presupuestaria, del presupuesto de gastos del ejercicio fiscal 2.023.
Artículo 3°: ELEVAR copia de la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, la Secretaría de Obras Públicas y la Secretaría de Hacienda, para su conocimiento y efectos pertinentes.
Artículo 4°: Regístrese, comuníquese, publíquese y, cumplido, archívese.
ORDENANZA N° 2.172/23 – Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, el día 24 de agosto del año 2.023, en la IX Sesión Ordinaria. Registrada bajo Acta N° 11/23. ———————————————————————-
A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga