Aprobar excepción al Art. 20, Inc. b, de la Ordenanza N° 1.996/22, en lo que respecta a antigüedad vehicular de remises – Rocha Mirna Paola
VISTO:
La Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; la Ordenanza Municipal N° 1.996/22; la Nota N° 917/23 del D.E.M. y la Nota N° 582/23 ingresada a este Honorable Concejo Deliberante; y el Despacho de Comisión de Legislación General N° 181/22Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XVI N° 46, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de las facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, la Ordenanza Municipal N° 1.996/22, determina el marco normativo para el servicio de Taxis, Remises, Radio-Taxis y Taxi-Flet en la jurisdicción de Trevelin.
Que, el Artículo 20°, inc. b, de la citada Ordenanza, establece que “…los vehículos afectados como Auto Remis y Auto Remis para Personas con Discapacidad, tendrán una antigüedad máxima de diez (10) años para su prestación, improrrogables”.
Que, mediante Nota N° 917/23 del D.E.M., se solicita a la Subsecretaría de Bromatología, Inspección e Higiene, la excepción a lo estipulado por la Ordenanza N° 1.996/22, respecto de la antigüedad para habilitación del vehículo para Remis, sobre el vehículo Chevrolet Agile 5P 1.4 LT Modelo 2.011, dominio JSP677, de la titular ROCHA MIRNA PAOLA, CUIL: 27-29.012.184-7.
Que, mediante Nota N° 582/23 del HCD, la Secretaría de Bromatología, Inspección e Higiene presenta Nota de No Objeción a la presente excepción.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto precedentemente, a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1°: EXCEPTUAR de lo establecido por el Art. 20, Inc. b, de la Ordenanza Municipal N° 1.996/22, sobre el vehículo Chevrolet Agile 5P 1.4 LT Modelo 2.011, dominio JSP677, hasta tanto resuelva la situación subyacente, mencionada en la Nota N° 917/23 del D.E.M.
Artículo 2°: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal y la Secretaría de Hacienda, para su conocimiento y efectos pertinentes.
Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.
ORDENANZA N° 2.152/23 – Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, el día 30 de junio del año 2.023, en la VII Sesión Ordinaria. Registrada bajo Acta N° 9/23. ———————————————————————-
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