ORDENANZA N° 2.149/23

Ratificación y aprobación todo lo actuado por la Comisión de Pre Adjudicación de la ejecución de la obra “CONSTRUCCIÓN DE VEINTE VIVIENDAS EN LOS CIPRESES DEL MUNICIPIO DE TREVELIN, PROVINCIA DEL CHUBUT” a la Empresa “CapMan Constructora S.R.L.”

VISTO:

                    La Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; la Nota N° 533/23 ingresada al Honorable Concejo Deliberante en la que consta como ANEXO B el Expediente Administrativo del Departamento Ejecutivo Municipal, dado en el marco de la Licitación Pública Nº 01/2.023, según Resolución Municipal N° 269/2.023 y ccdtes.; y el Despacho de Comisión de Obras Públicas N° 178/23; Y,

CONSIDERANDO:

                                        Que, la Ley XVI Nº 46 de Corporaciones Municipales, en su Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de las facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.

                                        Que, en el marco del Expediente Administrativo del Departamento Ejecutivo Municipal, dado en el marco de la Licitación Pública Nº 01/2.023, según Resolución Municipal N° 269/2.023 y ccdtes., se convocó a oferentes para la ejecución de la obra «CONSTRUCCIÓN DE VEINTE VIVIENDAS EN LOS CIPRESES DEL MUNICIPIO DE TREVELIN, PROVINCIA DEL CHUBUT» con un presupuesto oficial total de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON DIEZ CENTAVOS ($245.549.839,10) equivalentes a UN MILLON QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE CON CUATRO CENTÉCIMAS ($1.539.787,04) de Unidades de Vivienda (UVIs – Ley N°27271), aprobándose mediante Resolución Municipal Nº 269/23 los pliegos de bases y condiciones y creándose la pertinente Comisión de Pre Adjudicación.

                                        Que, en el acto de apertura, llevado a cabo el 31 de mayo de 2.023, se presentaron tres (3) ofertas para la ejecución de la obra.

                                        Que los intervinientes en el proceso de contratación propusieron pre adjudicar la ejecución de la obra a la oferente N° 2 «CapMan Constructora S.R.L.» CUIT N° 30-70995863-8 y rechazar por los motivos expuestos en la Acta respectiva las ofertas de la Empresa «Pasquini Construcciones S.R.L» CUIT N° 30-67034174-3 e «Hidraco S.A» CUIT N° 30-58022920-0.

                                        Que, según consta en el Expediente, se cumplió con todos los plazos y procedimientos establecidos en el correspondiente pliego de bases y condiciones aprobado por Resolución Municipal N° 269/23 y ccdtes.

                                        Que, este cuerpo deliberativo comparte los fundamentos de los intervinientes.

                                        Que, es el interés superior de este Cuerpo Deliberativo priorizar los intereses municipales y evitar posibles perjuicios a la Corporación Municipal y al bien común.

                                        Que corresponde resolver sobre la adjudicación de la presente compulsa.

                                        Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.

POR ELLO:

                              El Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, en uso de las facultades conferidas por la Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1°: RATIFICAR Y APROBAR todo lo actuado por la Comisión de Pre Adjudicación creada por Resolución Municipal N° 269/23 y cddtes. en lo que respecta a la Licitación Pública Nº 01/2.023, para la ejecución de la obra «CONSTRUCCIÓN DE VEINTE VIVIENDAS EN LOS CIPRESES DEL MUNICIPIO DE TREVELIN, PROVINCIA DEL CHUBUT», según consta en el Expediente Administrativo correspondiente, ingresado al HCD como ANEXO B de la Nota N° 533/23.

Artículo 2°: ADJUDICAR la ejecución de la obra «CONSTRUCCIÓN DE VEINTE VIVIENDAS EN LOS CIPRESES DEL MUNICIPIO DE TREVELIN, PROVINCIA DEL CHUBUT» a la Empresa «CapMan Constructora S.R.L.» CUIT N° 30-70995863-8, por la suma total de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS VEINTISIETE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y UNO CON NOVENTA CENTAVOS ($294.327.341,90), por resultar conveniente a los intereses municipales, en un todo de acuerdo con lo expuesto en el Expediente Administrativo de referencia y en un todo de acuerdo con la oferta presentada en la Licitación Pública N° 01/23.

Artículo 3°: RECHAZAR la oferta registrada en Mesa de Entradas y Salidas de la Municipalidad de Trevelin bajo número interno 783/23 DEM Trevelin de fecha 31 de mayo de 2.023 a las 09:45 horas, perteneciente a la Empresa «Pasquini Construcciones S.R.L» CUIT N° 30-67034174-3, de conformidad a las consideraciones expuestas en el visto y considerando que anteceden, y que constan en el Expediente Administrativo de referencia.

Artículo 4°: RECHAZAR la oferta registrada en Mesa de Entradas y Salidas de la Municipalidad de Trevelin bajo número interno 786/23 DEM Trevelin de fecha 31 de mayo de 2.023 a las 10:55 horas, perteneciente a la Empresa «Hidraco S.A» CUIT N° 30-58022920-0, de conformidad a las consideraciones expuestas en el visto y considerando que anteceden, y que constan en el Expediente Administrativo de referencia.

Artículo 5°: El gasto que demande la presente Licitación será imputada en la respectiva partida presupuestaria “Casa Propia-20 Viviendas (Trevelin)” del Presupuesto De Gastos Y Cálculo de Recursos aprobado por Ordenanza Municipal N° 2.079/2.022

Artículo 6°: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal, al Tribunal de Cuentas de la Provincia de Chubut, a la Secretaría de Obras Públicas y la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad de Trevelin, para su conocimiento y efectos pertinentes.

Artículo 7°: Regístrese, comuníquese, publíquese y, cumplido, archívese.

ORDENANZA N° 2.149/23 – Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, el día 30 de junio del año 2.023, en la VII Sesión Ordinaria. Registrada bajo Acta N° 9/23. ———————————————————————-

A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga

Ir al contenido