ORDENANZA N° 2.138/23

Otorgar en Donación el inmueble denominado catastralmente como Parcela 23, Quinta 4, Sector 2, Circunscripción 1, Ejido 38 al Club Empleados Banco de la Provincia del Chubut

VISTO:

                    La Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; la Nota N° 392/20 ingresada al Honorable Concejo Deliberante de Trevelin; y el Despacho de Comisión de Obras Públicas N° 124/23; Y,

CONSIDERANDO:

                                        Que, la Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, en su artículo 30°, determina la correspondencia del Honorable Concejo Deliberante en el ejercicio de las facultades constitucionales sancionando las Ordenanzas y disposiciones pertinentes.

                                        Que, mediante Nota N° 392/20 del HCD, autoridades del Club Empleados Banco de la Provincia del Chubut, solicitan la posibilidad de ceder un espacio o terreno para esparcimiento, referido a actividades deportivas y sociales.

                                        Que, el Club Empleados Banco de la Provincia del Chubut se fundó en noviembre de 1.978, conformado en su momento por empleados que deciden asociarse, y cuyo Club no depende en ningún aspecto, legal o económico, al Banco del Chubut S.A.

                                        Que, resulta de interés prioritario para este cuerpo legislativo, ampliar la oferta de espacios comunitarios con fines recreativos, sociales y deportivos.

                                        Que, el Club Empleados Banco Provincia del Chubut, presentó un croquis del proyecto edilicio a realizar, el cual como ANEXO II forma parte integrante de la presente Ordenanza.

                                        Que, según Despacho de Comisión de Obras Públicas N° 124/23, se decide otorgar en donación el inmueble denominado catastralmente como Parcela 23, Quinta 4, Sector 2, Circunscripción 1, Ejido 38.

                                        Que, el Cuerpo Legislativo de este Honorable Concejo Deliberante se expide de lo expuesto precedentemente a fin de sancionar la presente.

POR ELLO:

                           El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin, en uso de las facultades constitucionales que le confiere la Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, sanciona la presente:

 ORDENANZA

Artículo 1°: OTÓRGUESE en carácter de DONACIÓN al Club Empleados Banco de la Provincia del Chubut, C.U.I.T.: 33-65356335-9, la Parcela identificada catastralmente como Parcela 23, Quinta 4, Sector 2, Circunscripción 1, Ejido 38, según croquis que, como ANEXO I, forma parte integrante de la presente.

Artículo 2º: DISPÓNGASE como cargo de la donación, que el Club Empleados Banco de la Provincia del Chubut se obliga a construir el proyecto de obra indicado en el ANEXO II de la presente Ordenanza, en el término de dos (2) años, contados a partir de la promulgación de la presente Ordenanza. Caso contrario la donación quedará revocada de pleno derecho.

Artículo 3º: DISPÓNGASE como cargo de la donación, que el Club Empleados Banco de la Provincia del Chubut se obliga a construir el cerramiento de la Parcela, en el término de un (1) año, contado a partir de la promulgación de la presente Ordenanza. Caso contrario la donación quedará revocada de pleno derecho.

Artículo 4º: DISPÓNGASE como cargo de la donación, que el Club Empleados Banco de la Provincia del Chubut se obliga a celebrar convenios de colaboración y uso de las instalaciones sin cargo con el Departamento Ejecutivo Municipal, como forma de contraprestación por la donación de la Parcela.

Artículo 5°: DISPÓNGASE como cargo de la donación al Club Empleados Banco de la Provincia del Chubut que, en caso de incumplimiento de lo establecido en los Artículos precedentes o disolución de la institución, el terreno volverá a dominio municipal con todas las mejoras que se hubieren realizado. Hágase constar tal circunstancia en la Escritura Pública traslativa de dominio.

Artículo 6°: EXCEPTÚESE al inmueble mencionado en el Art. 2° y 3° de la presente Ordenanza, de lo establecido en el Título II, Cap. VI, Sección 2, Inc. VI.23 del ANEXO I de la Ordenanza N° 2.118/23, Plan de Desarrollo Territorial 2.023.

Artículo 7º: ESTABLÉZCASE que el Club Empleados Banco de la Provincia del Chubut deberá cumplir con lo estipulado en la Ordenanza Municipal Nº 1.695/19 en el inmueble transferido.

Artículo 8º: ELÉVESE al Departamento Ejecutivo Municipal y al Club Empleados Banco de la Provincia del Chubut, para su conocimiento y la ejecutoriedad de la presente Ordenanza.

Artículo 9º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y cumplido, Archívese.

ORDENANZA N° 2.138/23 – Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, el día 30 de junio del año 2.023, en la VII Sesión Ordinaria. Registrada bajo Acta N° 9/23. ———————————————————————-

A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga

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