ORDENANZA N° 2.134/23

Derogar Ordenanza Municipal N° 2.095/22 y Aprobar Afectación de la parcela fiscal ubicada catastralmente como Parcela 8, Manzana 20, Sector 2, Circunscripción 1, lugar en el cual se llevará a cabo el Proyecto de Dispositivos de Solución Habitacional Transitorio para la contención de la Mujer en nuestra localidad

VISTO:

                   La Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; la Ordenanza N° 2.118/23; la Nota N° 310/23 y N° 422/23 ingresada a este Honorable Concejo Deliberante; y el Despacho de Comisión de Obras Públicas N° 125/23; Y,

CONSIDERANDO:

                                        Que, la Ley XVI Nº 46 de Corporaciones Municipales, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de las facultades constitucionales, sancionando las Ordenanzas y disposiciones pertinentes.

                                        Que, según Ordenanza N° 2.118/23, se establece el Plan de Desarrollo Territorial 2.023 para todo el ejido de Trevelin.

                                        Que, según Nota N° 310/23, la Secretaria de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Trevelin y sus Parajes, solicita la abrogación del Art. 2° de la Ordenanza Municipal N° 2.095/22, artículo que hace mención a la transferencia en favor del IPV y D.U. el inmueble denominado catastralmente como C 1- S 2- Qta 4- PC 23, ubicado entre las calles Belgrano y Las Mutisias, con el fin de ejecutar el proyecto denominado DISPOSITIVOS DE SOLUCIÓN HABITACIONAL TRANSITORIO PARA LA CONCTENCIÓN DE LA MUJER, EN LA LOCALIDAD DE TREVELIN.

                                        Que, mediante la nota mencionada en el párrafo anterior, solicita de la misma forma que se reemplace ese inmueble mediante ordenanza, por la parcela fiscal ubicada catastralmente en C 1- S 2- Mza 20 – Pc 8, ya que analizando el terreno cedido previamente es necesario una importante inversión en obras complementarias para la ejecución del proyecto, cuyo plano forma parte integrante de la presente Ordenanza como ANEXO I.

                                        Que, mediante Nota N° 422/23 del HCD, la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Trevelin y sus Parajes eleva a este Honorable Concejo Deliberante el informe de dominio correspondiente al inmueble identificado catastralmente como Parcela 8, Manzana 20, Sector 2, Circunscripción 1, lugar en el cual se llevará a cabo el Proyecto de Dispositivos de Solución Habitacional Transitorio para la contención de la Mujer en nuestra localidad.

                                        Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.

POR ELLO:

                               El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1°: DERÓGUESE la Ordenanza Municipal N° 2.095/22.

Artículo 2°: DESAFÉCTESE del Dominio Público Municipal el inmueble identificado catastralmente como Parcela 8, Manzana 20, Sector 2, Circunscripción 1, Ejido 38.

Artículo 3°: TRANSFIÉRASE el inmueble identificado catastralmente como Parcela 8, Manzana 20, Sector 2, Circunscripción 1, Ejido 38, al Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano de la Provincia del Chubut, a fin que la Institución proceda con el “Proyecto y Construcción de Dispositivos Unidades de Paso para Víctimas de Violencia de Género en la localidad de Trevelin”, comprendido en el Acta Compromiso entre el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano y la Municipalidad de Trevelin, firmado el 25 de noviembre de 2.022, el cual como ANEXO I forma parte integrante de la presente.

Artículo 4°: EXCEPTÚESE al inmueble mencionado en el Art. 2° y 3° de la presente Ordenanza, de lo establecido en el Título II, Cap. VI, Sección 2, Inc. VI.23 del ANEXO I de la Ordenanza N° 2.118/23, Plan de Desarrollo Territorial 2.023.

Artículo 5°: ELÉVESE copia de la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, la Secretaría de Desarrollo Social, la Subsecretaría de Género y Niñez de Trevelin y el IPV y DU, para su conocimiento y efectos pertinentes.

Artículo 6º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

ORDENANZA N° 2.134/23 – Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, el día 1 de junio del año 2.023, en la VI Sesión Ordinaria. Registrada bajo Acta N° 8/23. ———————————————————————-

A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga

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