Ratificación de la Resolución N° 1.042/22 emitida por el Departamento Ejecutivo Municipal
VISTO:
La Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; la Resolución N° 1.042/22 del Departamento Ejecutivo Municipal; la Nota N° 185/23 ingresada a este Honorable Concejo Deliberante; el Despacho de Comisión de Hacienda N° 39/23; Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Provincial XVI N° 46, Articulo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de las facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, mediante Resolución N° 1.042/22, se establece el precio del metro cuadrado (m2) de cada lote del Loteo Social Juana Azurduy de Los Cipreses.
Que, según Nota N° 185/23 ingresada a este Honorable Concejo Deliberante, el Sr. Secretario de Coordinación de Gabinete solicita la Ratificación de la Resolución N° 1.042/22 del D.E.M.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1°: RATIFICAR en todos sus términos la Resolución N° 1.042/22 del Departamento Ejecutivo Municipal, el cual como ANEXO I forma parte integrante de la presente, a través de la cual se establece el precio del metro cuadrado de cada lote que conforma el Loteo Social Juana Azurduy de Los Cipreses, en un total de PESOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO ($ 1.484,00), equivalente a CATORCE CON OCHENTA Y CUATRO (14.84) Módulos Municipales.
Artículo 2°: ELEVAR una copia de la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, la Secretaría de Coordinación de Gabinete y la Secretaría de Hacienda, para su conocimiento y efectos pertinentes.
Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.
ORDENANZA N° 2.107/23 – Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, el día 30 de marzo del año 2.023, en la II Sesión Ordinaria. Registrada bajo Acta N° 3/23.-
ANEXO I – ORDENANZA MUNICIPAL N° 2.107
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