ORDENANZA N° 2.087/22

Modificación del Anexo B de la Ordenanza N° 1.537/17, en lo que respecta al Capítulo 7, Sección 1, Subsección 4, Condiciones Particulares para zona industrial: Parcelamientos

VISTO:   

                La Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; la Ordenanza N° 1537/17; la Nota N° 841/22 ingresada al Honorable Concejo Deliberante de Trevelin; y el Despacho de Comisión de Obras Públicas N° 388/22; Y,

CONSIDERANDO:

                                        Que, la Ley XVI N° 46, de Corporaciones Municipales, Artículo 30°, faculta al Honorable Concejo Deliberante a sancionar las ordenanzas y disposiciones pertinentes.

                                        Que, la Ordenanza N° 1.537/17, establece las normativas referentes al Plan de Desarrollo Territorial en todo el ejido de Trevelin.

                                        Que, mediante nota 841/22 la Secretaría de Producción de la Municipalidad de Trevelin solicita modificar los parámetros en lo que a medidas mínimas respecta en la zona industrial determinada en el Plan de Desarrollo Territorial, según Ordenanza Municipal N°1537/17.

                                        Que, mediante el Despacho de Comisión de Obras Públicas N° 388/22, se resuelve modificar el Anexo B de la Ordenanza N° 1.537/17, en lo que respecta al Capítulo 7, Sección 1, Subsección 4, Condiciones Particulares para zona industrial: Parcelamientos; estableciendo una superficie mínima de TRESCIENTOS DOCE metros cuadrados (312 m2), y un lado mínimo de DOCE metros con CINCUENTA centímetros (12,50 mt.).

                                        Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.

POR ELLO:

                                  El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin, en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1°: DEROGAR la Ordenanza Municipal N ° 2.023/22.

Artículo 2°: MODIFICAR el Anexo B de la Ordenanza N° 1.537/17, en lo que respecta al Capítulo 7, Sección 1, Subsección 4, Condiciones Particulares para zona industrial: Parcelamientos; estableciendo una superficie mínima de TRESCIENTOS DOCE metros cuadrados (312 m2), y un lado mínimo de DOCE metros con CINCUENTA centímetros (12,50 mt.).

Artículo 2°: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal, la Secretaría de Obras Públicas y la Secretaría de Producción, para su conocimiento y efectos correspondientes.

 Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

ORDENANZA N° 2.087/22 – Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, el día 30 de noviembre del año 2.022, en la XVI Sesión Ordinaria. Registrada bajo Acta N° 21/22.-

A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga

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