ORDENANZA N° 2.083/22

Instaurar en el ejido de la Municipalidad de Trevelin la Semana del Respeto a la Diversidad Sexual

VISTO:

                    La Constitución Nacional; las Leyes Nacionales N° 23.592, 24.515, 26.150, 26.618 y 26.743; la Constitución Provincial; las Leyes Provinciales XV N° 26, I N° 621 y XVI N° 46; las Ordenanzas Municipales N° 1.853/20 y 1.989/22; la Nota N° 871/22 ingresada al Honorable Concejo Deliberante de Trevelin; y el Despacho de comisión de Legislación General N° 376/22; Y,

CONSIDERANDO:

                                        Que, la Ley Provincial XVI N° 46, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de las facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.

                                        Que, según Ley Nacional N° 23.592, se adoptan medias para aquellas personas que, arbitrariamente, impidan el pleno ejercicio de derechos y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional, y en contra de todo acto discriminatorio.

                                        Que, según Ley Nacional N° 24.515, se crea el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) como entidad descentralizada en el ámbito del Poder Ejecutivo nacional.

                                        Que, según Ley Nacional N° 26.150, se establece el Programa Nacional de Educación Sexual Integrada (ESI), promulgada el 23 de octubre de 2006.

                                        Que, según Ley Nacional N° 26.618, se modifica el Art. 144 del Código Civil logrando en todo el territorio argentino la Ley de Matrimonio Igualitario, hito histórico a nivel regional y mundial.

                                        Que, según Ley Nacional N° 26.743, se establece el Derecho a la Identidad de Género de las personas, por identidad de género “a la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo. Esto puede involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ello sea libremente escogido. También incluye otras expresiones de género, como la vestimenta, el modo de hablar y los modales”.

                                        Que, según la Ley Provincial I N° 621, se crea el Cupo Laboral Trans en el ámbito del Sector Público Provincial.

                                        Que, según la Ley Provincial XV N° 26, se establece la Ley de Protección Integral e Igualdad de oportunidades y equidad de género en todo el territorio de Chubut.

                                        Que, según Ordenanza Municipal N° 1.853/20, se crea en el ámbito de la Municipalidad de Trevelin el Consejo Municipal de las Mujeres, Géneros Y Diversidad.                                

                                        Que, según Ordenanza Municipal N° 1.989/22, se crea el Cupo Laboral de Personas Travestis, Transexuales y Transgénero en el orden del Sector Público Municipal.

                                        Que, según Nota N° 871/22 del HCD, se ingresa el Proyecto de Ordenanza “Instaurar en el ejido de la Municipalidad de Trevelin la Semana del Respeto a la Diversidad Sexual”.

                                        Que, según Despacho de Comisión de Legislación General N° 376/22, se resuelve aprobar el Proyecto de Ordenanza, especificando que la Subsecretaría de Género y Diversidad establecerá anualmente las fechas en que quedará fijado el encuentro.

                                        Que, desde la gestión Municipal, se ha puesto en la agenda de las políticas públicas el trabajar por el respeto, la inclusión, protección y promoción de la igualdad de derechos de las personas con perspectiva de género, a través de instrumentos legislativos como la Ordenanza de adherencia a la Ley Micaela, la Ordenanza de cupo transgénero, transexual y transgénero, e incorporando en la estructura Municipal un Área (Subsecretaría) de Género y Diversidad.

                                        Que, es necesario que, desde el Estado Municipal en conjunto, con instituciones y organizaciones de la Sociedad Civil puedan llevar adelante acciones positivas a los efectos de visibilizar la realidad que viven las personas que pertenecen a la comunidad LGBTIQ+.

                                        Que, si bien se han logrado en los últimos tiempos, tanto a nivel nacional como provincial, grandes avances en cuanto al reconocimiento de derechos, es necesario profundizar en ello, con actividades que tiendan a la sensibilización ofreciendo espacio públicos para poner de manifiesto la histórica lucha de la comunidad LGBTIQ+ por la igualdad de derechos, como así también concientizar acerca de aquellos problemas que aún enfrentan y, cómo a través de una comunidad amigable, podemos en forma conjunta crear una sociedad más justa e inclusiva.

                                        Que, se propone como fecha tentativa la semana que va desde el 26 de noviembre al 3 de diciembre, o aquella que se proponga desde las organizaciones sociales y/o instituciones que aborden la temática.

                                        Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.

POR ELLO:

                                El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:

                                      ORDENANZA

Artículo 1°: INSTAURAR en el ejido de la Municipalidad de Trevelin LA SEMANA DEL RESPETO A LA DIVERSIDAD SEXUAL, que se iniciara el día 26 de noviembre hasta el 3 de diciembre de cada año, en la cual deberán organizarse actividades académicas y recreativas, artísticas, etc. dirigidas a toda la comunidad.

Artículo 2°: DETERMINAR que será autoridad de aplicación de la presente ordenanza la Subsecretaría de Géneros y Diversidad de la localidad de Trevelin, o aquella que en un futuro la reemplace, debiendo esta instar al resto de la Secretaría que componen la Municipalidad de Trevelin, a otras instituciones y organizaciones de la sociedad civil interesados en trabajaren en la temática de género, a participar y acompañar con la organización de eventos relacionados a esa semana.

Artículo 3°: ESTABLECER que serán objetivos de la semana del Respeto a la Diversidad Sexual fomentar la participación y visibilización de personas de la comunidad LGBTIQ+ a través de las actividades propuestas, fomentar la educación y concientización sobre el respeto a la Diversidad Sexual.

Artículo 4°: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal y a la Subsecretaría de Género y Diversidad de la Municipalidad de Trevelin, para su conocimiento y efectos pertinentes.

Artículo 5°: Regístrese, comuníquese, publíquese y, cumplido, archívese.

ORDENANZA N° 2.083/22 – Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, el día 30 de noviembre del año 2.022, en la XVI Sesión Ordinaria. Registrada bajo Acta N° 21/22.-

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