Aprobación de Becas Municipales para Estudiantes de Escuelas de Educación Permanente para Jóvenes y Adultos
VISTO:
La Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; la Ordenanza Municipal N° 2.057/22; y el Acta N° 23/22 del libro de Actas de Becas del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin; Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de sus facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, según Ordenanza Municipal N° 2.057/22, se crea el Fondo de Becas Municipales para Estudiantes de Escuelas de Educación Permanente para Jóvenes y Adultos (EPJA), que tendrá como fin otorgar ayuda económica a los estudiantes comprendidos dentro del ejido Municipal de Trevelin que cursan en el Nivel primario y secundario.
Que, mediante Acta N° 23/22 del Libro de Actas de la Comisión de Becas del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, se resuelve otorgar Becas Municipales Estudiantiles para Estudiantes de Escuelas de Educación Permanente para Jóvenes y Adultos (EPJA) a las personas comprendidas en el ANEXO I de la presente.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin, en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º: ESTABLECER como ANEXO I el listado de beneficiarios y beneficiaras de las BECAS MUNICIPALES PARA ESTUDIANTES DE ESCUELAS DE EDUCACIÓN PERMANENTE PARA JÓVENES Y ADULTOS (EPJA).
Artículo 2°: DETERMINAR que el otorgamiento de las presentes Becas a las personas detalladas en el ANEXO I, corresponde únicamente al trimestre septiembre, octubre y noviembre de 2.022, tal y como se expresa en el Art. 15° de la Ordenanza Municipal N° 2.057/22.
Artículo 3°: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal, a la Secretaría de Hacienda y beneficiarios/as, para su conocimiento y efectos pertinentes.
Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.
HOJA 1/1 |
ANEXO I – ORDENANZA N° 2.081/22
APROBACIÓN DE BECAS MUNICIPALES EPJA
LISTADO DE BENEFICIARIOS/AS DE BECAS MUNICIPALES PARA ESTUDIANTES DE ESCUELAS EPJA | ||
NIVEL | APELLIDO Y NOMBRE | DNI |
PRIMARIO | Antieco Yolanda Esther | 23.236.665 |
PRIMARIO | Cariman Ana Adelaida | 29.345.418 |
PRIMARIO | Huanquinahuel Gerardo | 12.594.281 |
PRIMARIO | Huenchumir Rosauro Javier | 18.830.308 |
PRIMARIO | Marinao Maria Alicia | 21.661.520 |
SECUNDARIO | Ainqueo Dominga | 30.063.124 |
SECUNDARIO | Antiman Agustina Alejandra | 44.517.862 |
SECUNDARIO | Calfú Natalia Soledad | 44.663.927 |
SECUNDARIO | Guerra Aldana Felicitas | 42.771.968 |
SECUNDARIO | Guerra Yanina Edith | 44.084.792 |
ORDENANZA N° 2.081/22 – Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, el día 30 de noviembre del año 2.022, en la XVI Sesión Ordinaria. Registrada bajo Acta N° 21/22.-
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