ORDENANZA N° 2.078/22

Aceptar la renuncia del Juez Ad-Hoc, Dr. Ariel Itze, designado por Ordenanza N° 2.041/22, y designar nuevo Juez de Faltas Letrado Ad-Hoc

VISTO:

                    La Constitución Nacional, la Constitución Provincial; La Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; las Ordenanzas Municipales N° 542/05 y N° 1.441/16; la Nota N° 865/22; y el Acta N° 36/22 del Libro de Actas del Honorable Concejo Deliberante; Y,

CONSIDERANDO:

                                        Que, la Constitución Nacional, Artículo 1º, establece que: “La Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa republicana federal, según la establece la presente Constitución”.

                                        Que, la Constitución de la Provincia del Chubut, Artículo 225°, establece que: “Los municipios son independientes de todo otro poder en el ejercicio de sus funciones y gozan de autonomía política, administrativa y financiera con arreglo a las prescripciones de esta Constitución”.

                                        Que, la Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, Artículo 30º, establece que: “Corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de las facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes”.

                                        Que, en un mismo tenor, la legislación mencionada precedentemente, Artículo 233°, Inciso 1, establece que: “Es de competencia de las municipalidades y comisiones de Fomento: Entender en todo lo relativo a edificación, tierras fiscales, abastecimiento, sanidad, asistencia social, espectáculos públicos, servicios públicos urbanos, reglamentación y administración de las vías públicas, paseos, cementerios y demás lugares de su dominio y juzgamiento de las contravenciones a disposiciones municipales”.

                                        Que, mediante Ordenanza Nº 542/05, el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin sanciona el Código de Procedimiento Administrativo de la Corporación Municipal.

                                        Que, la Ordenanza Municipal N° 1441/16, Artículo 1°, derogó, el Artículo 13° de la Ordenanza Municipal N° 542/05, que preveía “En caso de excusación, licencia anual, enfermedad u otro impedimento del Juez de Faltas, intervendrá como primer subrogante el Asesor Legal del Municipio, en su defecto, el Letrado Ad-Hoc que designe el Departamento Ejecutivo al efecto.”, es ahora el Honorable Concejo Deliberante el Órgano facultado para designar Juez de Faltas Titular y Suplente.

                                        Que, la misma Ordenanza N° 1.441/16 determina las Facultades, Competencias y Jurisdicción del Juez de Faltas Titular y Suplentes de la Municipalidad de Trevelin.

                                        Que, según Nota N° 865/22 ingresada a este Honorable Concejo Deliberante, el Dr. Ariel Itze, designado Juez de Faltas Municipal Ad-Hoc por la Ordenanza N° 2.041/22, presenta su renuncia al cargo.

                                        Que, según Acta N° 36/22 del Libro de Actas del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, el Cuerpo Legislativo resuelve poner a consideración el Proyecto de Ordenanza de designación como Juez de Faltas Ad-Hoc, a partir del 10 de noviembre del corriente y hasta tanto se designe un Juez de Faltas Titular, al Dr. Leandro Furque, D.N.I. 17.808.149.

                                        Que, en virtud de las atribuciones circunscriptas en la Ley Provincial XVI Nº 46, el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin, en ejercicio de las facultades constitucionales atribuidas, se encuentra facultado para realizar la designación expuesta ut supra.

                                        Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.

POR ELLO:

                           El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1: ACEPTAR la renuncia al cargo de Juez de Faltas Ad-Hoc, presentada por el Dr. Ariel Itze mediante Nota N° 865/22 del HCD, quien fuera designado Juez de Faltas Municipal Ad-Hoc mediante la Ordenanza N° 2.041/22.

Artículo 2º: DESIGNAR al profesional Abogado, DR. LEANDRO FURQUE, D.N.I. 17.808.149, JUEZ LETRADO DE FALTAS AD – HOC, a partir del día 10 de noviembre y hasta que se sustancie un nuevo Concurso Público de Antecedentes y Oposición para la Designación de Juez de Faltas Titular y Suplentes, conforme a la Ordenanza N° 1.441/16.

Artículo 3º: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su conocimiento y efectos correspondientes.

Artículo 4°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

ORDENANZA N° 2.078/22 – Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, el día 10 de noviembre del año 2.022, en la XV Sesión Ordinaria. Registrada bajo Acta N° 19/22.-

A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga

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