Baja de Becas Municipales Estudiantiles 2.022, otorgadas por la Ordenanza N° 2.034/22
VISTO:
La Ley XVI N° 46; las Ordenanzas Municipales N° 1972/22, 1973/22, Nº 1.994/22, N° 2.022/22; la Ordenanza Municipal N° 2.034/22; el Acta N° 22/22 del Libro de Actas de Becas Estudiantiles y Culturales; la Nota N° 767/22 ingresada a este Honorable Concejo Deliberante; y el Despacho de Comisión de hacienda N° 296/22; Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XVI N° 46, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de las facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, mediante Ordenanza N° 1.972/21 se aprueba el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos de la Corporación Municipal de Trevelin para el ejercicio fiscal correspondiente al año 2022.
Que, mediante Ordenanza N° 1.973/21 se aprueba la Ordenanza Tarifaria para el Ejercicio Fiscal 2022.
Que, mediante Ordenanza Nº 1.994/22 el Honorable Concejo Deliberante Abroga las Ordenanzas N° 1.443/16 y 1.702/19, y crea el Fondo Municipal BECAS ESTUDIANTILES MUNICIPALES, el cual tiene como fin otorgar ayuda económica a los alumnos comprendidos dentro del Ejido Municipal de Trevelin que cursan Nivel Secundario y Nivel Superior; y que, en su Artículo 7°, determina los montos pecuniarios a percibir por los beneficiarios, tabulando en módulos los mismos.
Que, según Ordenanza Municipal N° 2.034/22, fueron aprobadas Becas Municipales Estudiantiles del año 2.022.
Que, según el Acta N° 22/22 del Libro de Actas de Becas Municipales Estudiantiles, se resuelve dar de baja a los beneficios de Becas Estudiantiles Municipales a la Srta. Sáez Yasmín, D.N.I.: 43.826.473, dado que abandona la carrera universitaria por índole estrictamente particular, a partir del mes de octubre.
Que, según Nota N° 767/22 del HCD, la Secretaría de Cultura y Educación informa que las siguientes personas decidieron darse de baja al beneficio de Becas Municipales Estudiantiles por finalización de sus carreras universitarias: VENEGAS, CAREN (D.N.I.: 40.209.733 – universitaria); y VENANCIO, LUZ (D.N.I.: 35.693.534 – Universitaria).
Que, según Despacho de Comisión de Hacienda N° 296/22, se resuelve dar de baja el beneficio de Becas Municipales Estudiantiles a las personas mencionadas ut-supra, a partir del mes de octubre.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º: DAR de baja la Beca Estudiantil Municipal a nombre de SÁEZ YASMÍN, D.N.I.: 43.826.473, otorgada a través de la Ordenanza Municipal N° 2.034/22, a partir del mes de octubre de 2.022.
Artículo 2º: DAR de baja la Beca Estudiantil Municipal a nombre de VENEGAS, CAREN, D.N.I.: 40.209.733, otorgada a través de la Ordenanza Municipal N° 2.034/22, a partir del mes de octubre de 2.022.
Artículo 3º: DAR de baja la Beca Estudiantil Municipal a nombre de VENANCIO, LUZ, D.N.I.: 35.693.534, otorgada a través de la Ordenanza Municipal N° 2.034/22, a partir del mes de octubre de 2.022.
Artículo 4º: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal y la Secretaría de Hacienda, para su conocimiento y efectos pertinentes.
Artículo 5º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.
Ordenanza N° 2.058/22. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, el día 13 de octubre del año 2.022, en la XIII Sesión Ordinaria del año 2.022. Registrada bajo Acta N° 16/22.-
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