Aprobación del listado de Beneficiarios de Becas Deportivas
VISTO:
La Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; la Ordenanza N° 1.427/16; la Nota N° 547/22; la Nota N° 662/22 ingresada al Honorable Concejo Deliberante; y el Despacho de Comisión de Ambiente, Deportes, Turismo y Producción N° 237/22; Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Provincial XVI N° 46, Articulo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de sus facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, según la Ordenanza 1.427/16, se establece el otorgamiento de diez (10) Becas a deportistas individuales no profesionales de Trevelin y sus parajes, que se destaquen por sus resultados y trayectoria en competencias deportivas.
Que, mediante Nota N° 547/22 ingresada al HCD, la secretaria de deporte de Trevelin y sus parajes llama inscripción de postulantes de las Becas Deportivas Municipales.
Que, según Nota N° 662/22 del HCD, la Edil Marisol Salazar ingresa la documentación necesaria a fin de fundamentar y aprobar las Becas Municipales Deportivas para cada beneficiario/a.
Que David Maximiliano Jaramillo, D.N.I.: 49.716.302, especializado en “Ciclismo”, ingresa la documentación requerida para apelar a una Beca Deportiva Municipal para los gastos que su deporte requieren.
Que, Bernardo Ariel Itze Díaz, D.N.I.: 47.742.430, especializado en “Esgrima”, ingresa la documentación requerida para apelar a una Beca Deportiva Municipal para los gastos que su deporte requieren.
Que, Facundo Gabriel Ingram, D.N.I.: 47.429.062, especializado en “Ciclismo”, ingresa la documentación requerida para apelar a una Beca Deportiva Municipal para los gastos que su deporte requieren.
Que, Ivana Jaramillo, D.N.I.: 30.578.144, especializada en “Ciclismo”, ingresa la documentación requerida para apelar a una Beca Deportiva Municipal para los gastos que su deporte requieren.
Que, según Despacho de Comisión de Ambiente, Deportes, Turismo y Producción N° 237/22, se resuelve aprobar las Becas Deportivas Municipales a los/a beneficiarios/a detallados ut-supra.
Que, es política del Gobierno Municipal fomentar y promover el Deporte en todas sus disciplinas, como estilo de vida saludable y sana promoción de la competencia en los ámbitos de incumbencia.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut-supra a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1°: ESTABLECER como ANEXO I el listado de beneficiarios y beneficiarias de las BECAS DEPORTIVAS 2.022, según Ordenanza 1.427/16.
Artículo 2º: DETERMINAR que las Becas se otorgarán durante un período de SEIS (6) meses a partir el mes de enero de 2.022 y hasta el mes de junio de 2.022, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 5° de la Ordenanza N° 1.427/16.
Artículo 2°: ELEVAR copia de la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, la Secretaría de Hacienda, la Secretaría de Deportes y Recreación, y las personas beneficiarias de la presente, para su conocimiento y efectos pertinentes.
Artículo 3°: Regístrese, comuníquese, publíquese y, cumplido, archívese.
ANEXO I
LISTADO DE BENEFICIARIOS DE BECAS DEPORTIVAS MUNICIPALES 2022
APELLIDO Y NOMBRE | DNI | DISCIPLINA |
Jaramillo Ivana Romina | 30.578.144 | Ciclismo |
Itze Diaz Bernardo Ariel | 47.742.430 | Esgrima |
Jaramillo David Maximiliano | 49.716.302 | Ciclismo |
Ingram Facundo Gabriel | 47.429.062 | Ciclismo |
Ordenanza N° 2.044/22. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, el día 31 de agosto del año 2.022, en la X Sesión Ordinaria del año 2.022. Registrada bajo Acta N° 13/22.-
A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga