Aprobación de Becas Municipales Culturales 2.022
VISTO:
La Ley XVI N° 46; la Ordenanza Municipal Nº 1.995/22; el Acta N° 21/22 del Libro de Actas de Becas Estudiantiles y Culturales; Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XVI N° 46, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de las facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, mediante Ordenanza Nº 1.995/22 el Honorable Concejo Deliberante crea el Fondo Municipal BECAS CULTURAL, el cual tiene como fin ayuda económica a los Ciudadanos y Ciudadanas de Trevelin y sus Parajes, quienes se capaciten en materia Cultural.
Que, mediante Ordenanza N° 1.972/21 se aprueba el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos de la Corporación Municipal de Trevelin para el ejercicio fiscal correspondiente al año 2022.
Que, mediante Ordenanza N° 1.973/21 se aprueba la Ordenanza Tarifaria para el Ejercicio Fiscal 2022.
Que, mediante Ordenanza N° 2.022/22, el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin ratifica en todos sus términos la Resolución Municipal N° 393/22, por la cual se fija a partir del 01 de junio de 2.022 el valor del Módulo Municipal en PESOS OCHENTA ($ 80, 00).
Que, continuando con el lineamiento expuesto ut supra, la Ordenanza N° 1.994/22, Artículo 6°, determina los montos pecuniarios a percibir por los beneficiarios, tabulando en módulos los mismos.
Que, en virtud del trabajo mancomunado llevado adelante por los integrantes de la Comisión Evaluadora de Becas (Art. 4°, Ord. 1.994/22), se ha analizado la documentación elevada oportunamente por la Secretaría de Cultura y Educación de la Municipalidad de Trevelin, dependencia encomendada a la recepción de inscripciones.
Que, conforme la documental elevada se ha registrado un total de OCHO (8) inscriptos que cumplen con los requisitos.
Que, acorde lo reglamentando mediante Ordenanza N° 1.995/22, Artículo 8°, el aporte entregado en concepto de BECA es de carácter anual, liquidándose lo pagos de forma mensual, durante los meses de enero a diciembre.
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 6° de la Ordenanza N° 1.995/22, los fondos estarán constituidos por 750 MÓDULOS del ingreso total.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º: ESTABLECER como ANEXO I el listado de beneficiarios de las BECAS CULTURALES 2.022.
Artículo 2º: DETERMINAR que las Becas se otorgarán durante un período de DOCE (12) meses desde el mes de enero hasta el mes de diciembre de 2.022, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 8° de la Ordenanza N° 1.995/22.
Artículo 3º: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su implementación.
Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.
ANEXO I
BECAS MUNICIPALES – CULTURALES 2022 | |||
N° | Apellido y Nombre | DNI | Actividad |
1 | Escalona Mateo Leonardo | 52.252.006 | Acordeón |
2 | Farias Juan José | 20.278.070 | Instituto de arte Folklorico |
3 | Infante Valentina Lihuen | 54.317.548 | Acordeón |
4 | Gutierrez Brian Leonardo | 48.528.090 | Instituto de Danzas Folkloricas de Kevin Alarcón |
5 | Maripan Maxima Natalia | 44.084.797 | Instituto de Arte Nativo Ayehuen – Profesorado |
6 | Opazo Malena | 46.671.645 | Instituto de Arte Nativo Ad – Mapu – Profesorado |
7 | Sides Jenifer | 45.107.582 | Guitarra |
8 | Pezo Xiomara Naomi | 48.528.064 | Instituto de Danzas Folkloricas de Kevin Alarcón |
Ordenanza N° 2.035/22. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, el día 30 de junio del año 2.022, en la VIII Sesión Ordinaria del año 2.022. Registrada bajo Acta N° 10/22.-
A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga