ORDENANZA N° 2.020/22

Aceptación de la RESOL-2022-216-APN-MTYD para la construcción del Playón Multideportivo en Los Cipreses

VISTO:   

                  La Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; la Nota N° 421/22 ingresada a este Honorable Concejo Deliberante; el Despacho de Comisión de Legislación General N° 174/22; la RESOL-2022-216-APN-MTYD; Y,

CONSIDERANDO:

                                        Que, la Ley Provincial XVI N° 46, Articulo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de las facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.

                                        Que, según Nota N° 421/22 ingresada a este Honorable Concejo Deliberante, la Secretaria de Deportes solicita al cuerpo legislativo la aceptación de la RESOL-2022-216-APN-MTYD, para la construcción del Playón Multideportivo situado en el Paraje “Los Cipreses”.

                                        Que, según la RESOL-2022-216-APN-MTYD, se otorga un apoyo económico en el marco del Programa de Apoyo a la Mejora de la Infraestructura de Clubes de Barrios y Entidades Deportivas Comunitarias denominado “PROGRAMA CLUBES EN OBRA”, aprobado por Resolución N° 252 de fecha 8 de junio de 2020 del MINISTERIO DE TURISMO Y DFEPORTES DE LA NACIÓN y su modificatoria, de PESOS DOCE MILLONES SETECIENTOS VEINTINUEVE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON OCHENTA Y UN CENTAVOS ($12.729.655,81), a la Municipalidad de Trevelin.

                                        Que, el Paraje Los Cipreses de nuestra localidad no cuenta con ningún espacio para la práctica deportiva, recreativa de actividades saludables.

                                        Que, es de suma importancia poner en valor del aporte y presencia del Gobierno Nacional en nuestra región, y el constante apoyo económico en diversas áreas para el desarrollo de nuestra localidad.

                                        Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.

POR ELLO:

                               El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1°: ACEPTAR el aporte de PESOS DOCE MILLONES SETECIENTOS VEINTINUEVE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON OCHENTA Y UN CENTAVOS ($12.729.655,81) destinado a la Municipalidad de Trevelin, según RESOL-2022-216-APN-MTYD, del Programa de Apoyo a la Mejora de la Infraestructura de Clubes de Barrios y Entidades Deportivas Comunitarias denominado “PROGRAMA CLUBES EN OBRA” (aprobado por Resolución N° 252 de fecha 8 de junio de 2020 del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES DE LA NACIÓN y su modificatoria), que como ANEXO I forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 2°: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal de Trevelin a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para incorporar al mismo presupuesto de gasto y cálculo de recursos, que como ANEXO II forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 3°: La Memoria Técnico Descriptiva del Proyecto de Playón Multideportivo Los Cipreses consta como ANEXO III, y las Especificaciones Técnicas del mismo constan como ANEXO IV.

Artículo 4°: ELEVAR una copia de la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, la Secretaría de Obras Públicas, la Secretaría de Deportes y Recreación, y la Secretaría de Hacienda, para su conocimiento y efectos pertinentes.

Artículo 5º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

ANEXO I

Resolución

Número: RESOL-2022-216-APN-MTYD

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Viernes 29 de Abril de 2022

Referencia: EX-2022-33696520- -APN-DDE#MTYD – Clubes en Obra: Polideportivo Trevelin, Chubut

VISTO el Expediente Nº EX-2022-33696520- -APN-DDE#MTYD, las Leyes Nros. 20.655 y sus modificatorias, 22.520 (t.o. Decreto 438/92) y sus modificatorias, y 27.541, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020, sus modificatorios y complementarios, las Resoluciones Nros. 252 de fecha 8 de junio de 2020 y 159 de fecha 13 de abril de 2022, ambas del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley del Deporte N° 20.655 y sus modificatorias, dispone que es atribución del Estado Nacional destinar fondos a la asistencia del deporte en general y la construcción, ampliación y mantenimiento de instalaciones deportivas mediante el otorgamiento de apoyos económicos.

Que el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020, sus modificatorios y complementarios, amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19.

Que las múltiples actividades que realizan en forma cotidiana los Clubes de Barrio y Pueblo como otras entidades comunitarias, resultan especialmente beneficiosas para las comunidades en los momentos de crisis social y económica, en tanto proveen redes de contención social, oportunidades de educación, recreación saludable y cuidado de niñas, niños, adolescentes, adultas y adultos mayores, así como la integración de personas con discapacidad.

Que, en tal sentido, proteger y preservar las instituciones comunitarias significa contribuir a un mayor bienestar y protección de la ciudadanía en las circunstancias actuales.

Que por Resolución N° 252 de fecha 8 de junio de 2020 del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES y su modificatoria, se creó el PROGRAMA DE APOYO A LA MEJORA DE LA INFRAESTRUCTURA DE CLUBES DE BARRIO Y ENTIDADES DEPORTIVAS COMUNITARIAS, denominado PROGRAMA CLUBES EN OBRA, a fin de proveer un mecanismo que permita una ágil identificación y evaluación de los proyectos de infraestructura deportiva en Clubes de Barrio y Pueblo y otras entidades que requieren asistencia económicamente, y que se vieron suspendidos ante la situación de crisis económica que venían atravesando incluso antes de la declaración de emergencia social por la pandemia de Coronavirus COVID-19.

Que por las actuaciones citadas en el Visto, tramita la solicitud de apoyo económico para obras de infraestructura en instalaciones del Polideportivo de la Municipalidad de Trevelin, Provincia del CHUBUT.

Que mediante IF-2022-35531117-APN-SSIDYCN#MTYD, la SUBSECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA Y COMPETENCIAS NACIONALES del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, ha tomado intervención, prestando conformidad a la solicitud presentada, recomendando otorgar un apoyo económico por hasta la suma allí indicada con cargo a rendir cuentas.

Que en razón de lo expuesto, resulta adecuado aprobar un apoyo económico y autorizar su liquidación, a fin que los fondos recibidos sean aplicados exclusivamente para el cumplimiento de la obra y destino aprobado, siendo a cargo del Municipio los costos adicionales que el proyecto demande.

Que la Dirección General de Administración de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, ha tomado intervención dando cuenta de la existencia de crédito presupuestario para cubrir las erogaciones resultantes de la medida que se propicia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en el marco de las facultades conferidas por el Artículo 23 nonies de la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, el artículo 35 y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector

Público Nacional Nº 24.156, aprobado por Decreto Nº 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 y sus modificatorios, y el Decreto N° 21 de fecha 10 de diciembre de 2019.

Por ello,

EL MINISTRO DE TURISMO Y DEPORTES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Otórgase un apoyo económico en el marco del Programa de Apoyo a la Mejora de la Infraestructura de Clubes de Barrio y Entidades Deportivas Comunitarias denominado “PROGRAMA CLUBES EN OBRA”, aprobado por la Resolución N° 252 de fecha 8 de junio de 2020 del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES y su modificatoria, por la suma de PESOS DOCE MILLONES SETECIENTOS VEINTINUEVE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON OCHENTA Y UN CENTAVOS ($ 12.729.655,81), a la Municipalidad de Trevelin, Provincia del CHUBUT, CUIT N° 30- 99909312-0, con destino al Proyecto detallado en el Anexo (IF-2022-35486523-APN-SSIDYCN#MTYD) que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Establécese que el apoyo económico se limita al monto indicado en el artículo precedente, siendo a cargo de la entidad beneficiaria los costos adicionales que el Proyecto demande.

ARTÍCULO 3°.- Autorízase a la Dirección General de Administración de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, a liquidar con cargo de rendir cuentas, la suma consignada en el Artículo 1° mediante trasferencia a la cuenta bancaria del Municipio beneficiario.

ARTÍCULO 4°.- La entidad beneficiaria, deberá proceder a la rendición de cuentas documentada por la utilización de los fondos otorgados dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días hábiles desde la acreditación del monto del desembolso en la cuenta bancaria correspondiente, de conformidad a lo normado por la Resolución N° 159 de fecha 13 de abril de 2022, modificatoria de su similar N° 252/20, ambas del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES.

ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se atenderá con cargo a las partidas específicas del Presupuesto correspondiente a la Jurisdicción 53 – MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES.

ARTÍCULO 6°.- Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

ANEXO II

ANEXO III

FORTALECIMIENTO DEL ESPACIO COMUNITARIO

PLAYON MULTIDEPORTIVO TREVELIN – PARAJE LOS CIPRESES

Memoria técnico descriptiva

El proyecto del Playón Multideportivo accesible consta de un playón de 19mts de ancho y 32mts de largo, con equipamiento, cercado y con iluminación. Asimismo, se ejecutará una vereda perimetral de 100 metros lineales y se implantará una Estación Saludable con el equipamiento correspondiente.

Antes de iniciar las tareas el Contratista dentro de los límites asignados, procederá a efectuar la limpieza total del terreno, retirando todos los residuos y elementos no reutilizables fuera del lugar.

Los trabajos preliminares corresponden a la limpieza y desmalezamiento del lugar, el replanteo de la obra, la construcción del obrador y el cerco de obra correspondiente.

Luego se realizarán los trabajos de retiro de suelo orgánico donde se implantarán las obras, se realizarán las excavaciones para los anclajes correspondientes y se realizará los rellenos correspondientes con material granular seleccionado debidamente compactado.

El playón se ejecutará con una losa de hormigón con su correspondiente alisado y endurecedor de superficie, su ejecución de juntas y su tomado correspondiente y la demarcación mediante pintura de los diversos deportes. Será, como mínimo de 10 cm de espesor de hormigón tipo H-17 y se construirá dando cumplimiento a lo que establecen los planos del proyecto ejecutivo realizados en base a estas especificaciones. Dicha losa tendrá, como mínimo, una viga perimetral de refuerzo tanto en sus dos bordes transversales como longitudinales. Se fijará luego el equipamiento correspondiente para dichas actividades.

El mismo constara de:

Dos (2) arcos de fútbol 5 de dimensiones acordes a las del plano respectivo. Los arcos se entregarán con dos manos de anti óxido y pintados con dos manos de pintura sintética.

ANEXO IV

PLAYON MULTIDEPORTIVO TREVELIN – PARAJE LOS CIPRESES

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

1 OBLIGACIONES

1.1. Generalidades

Los trabajos que deban llevarse a cabo, se ejecutarán en un todo de acuerdo a las Especificaciones Técnicas que a continuación se describen.

El Contratista será responsable de la ejecución de la totalidad de la obra, de acuerdo al arte del buen construir, debiendo verificar todos los datos, cálculos y detalles que se especifiquen.

1.2. Responsable Técnico

El Contratista deberá designar a un Responsable Técnico quien deberá ser profesional Arquitecto, Ingeniero o Maestro Mayor de Obra con matrícula habilitada por el Consejo Profesional correspondiente. Dicho profesional tendrá a su cargo el proyecto y la dirección de obra.

1.3. Trabajos previos

El Responsable Técnico deberá efectuar durante la instancia de proyecto una minuciosa revisión de las obras civiles y de las instalaciones de servicio existentes en el sector de trabajo y áreas o instalaciones linderas que intervengan en el proyecto definitivo, procediendo al relevamiento de dimensiones, cotas, niveles y a la verificación de las instalaciones de servicio de energía eléctrica, iluminación, etc. al efecto de evaluar las tareas necesarias para la materialización del anteproyecto adjunto.

Los trabajos de investigación previa, deberán extenderse a todas las condiciones del subsuelo, fundación, estructura e instalaciones que inciden de manera directa y/o indirecta sobre las tareas a ejecutar, en procura de garantizar las condiciones requeridas para la ejecución de obra.

1.4. Plan de Trabajos

El Contratista deberá presentar, un cronograma de secuencia de tareas o diagrama de barras, donde indicará los tiempos de ejecución y el lugar cronológico de las diferentes tareas dentro del desarrollo total de los trabajos.

El Contratista a través del Responsable Técnico realizará el Proyecto Ejecutivo tomando como base el anteproyecto adjunto. A partir del mismo deberá efectuar y presentar un legajo de obra que posibilite comprender, computar, valorar y planificar el componente edilicio tanto en las instancias de planificación como de ejecución de obra.

El Contratista procederá a desarrollar el proyecto, complementando la información emanada por el Área Técnica de la Dirección de Asistencia Institucional en las presentes Especificaciones Técnicas.

1.5. Plazo de ejecución

El plazo para la ejecución de los trabajos es de 120 (ciento veinte) días corridos a partir de la recepción del subsidio.

1.6. Calidad de los materiales

El Contratista deberá proveer e instalar todos los materiales, elementos, equipamiento y accesorios que se encuentren incluidos en la presente contratación, debiendo ser los mismos nuevos y de primera calidad.

1.7. Trabajos de acuerdo a su fin

El Contratista tendrá la responsabilidad de la realización integral de las tareas del playón, comprendiendo la provisión, instalación, coordinación y puesta en funcionamiento mediante el uso de tecnologías adecuadas. Concluidas las tareas el Contratista deberá a través del Representante Institucional y del Responsable Técnico certificar la finalización de obra; quedando sujeta a la aprobación por parte del Área Técnica de la Municipalidad de Trevelin.

2 TAREAS PRELIMINARES

2.1. Limpieza

El Contratista está obligado a mantener los distintos lugares de trabajo, y el área en construcción, en adecuadas condiciones de higiene. Durante la ejecución de los trabajos, la limpieza se hará diariamente. El área circundante como todo el trayecto hasta el lugar de ejecución de los trabajos, estará debidamente ordenada y liberada de elementos.

2.2. Acondicionamiento del predio

Antes de iniciar las tareas el Contratista dentro de los límites asignados, procederá a efectuar la limpieza total del terreno, retirando todos los residuos y elementos no reutilizables fuera del lugar. El Contratista deberá realizar la preparación de las superficies de circulación y protección de linderos que pudiera ser dañada por las tareas a realizar.

2.3. Materiales acopiados

Los materiales serán depositados en lugares previamente acordados. Los escombros y/o elementos de desechos estarán el tiempo mínimo estrictamente necesario, siendo retirados del predio por el Contratista.

2.4. Limpieza final

Una vez terminada las tareas y antes de la Inspección de Final de Obra a cargo del Área Técnica correspondiente, el Contratista ejecutará una limpieza de carácter general del playón, su cerramiento, iluminación y equipamiento en procura de garantizar su uso de forma inmediata.

2.5. Relevamiento y replanteo

Todas las medidas son aproximadas y orientativas, debiendo el Contratista verificar las mismas en el lugar de las tareas, quedando a su costa y cargo las diferencias que puedan surgir en las mismas. La ejecución del replanteo deberá ser realizada por o bajo la supervisión del Responsable Técnico.

2.6. Cartel de Obra

El Contratista deberá proveer e instalar un cartel conforme a la reglamentación vigente de la localidad.

2.7. Seguridad

El Contratista deberá tomar todos los recaudos necesarios a fin de garantizar la seguridad e integridad física tanto del personal de la construcción como así también del personal que controle y/o visite la misma, a tal efecto se delimitará en la medida de las posibilidades el perímetro de la construcción a fin de evitar el ingreso a la misma. El Contratista protegerá todos los materiales, elementos, enseres, tanto propios como ajenos que se encuentren dentro del sector delimitado para los trabajos.

3 MOVIMIENTO DE SUELOS

3.1. Conocimiento del lugar

El Contratista examinará por cuenta y riesgo el terreno donde se ejecutará el playón, previamente reconociendo las condiciones existentes.

3.2. Limpieza del terreno. Compactación de subrasante.

Este trabajo consiste en el escarificado del terreno natural en toda el área de construcción de acuerdo al resultado de las verificaciones efectuadas en el proyecto ejecutivo respecto a la capacidad portante del terreno. Posteriormente se procederá a efectuar la compactación, previo regado, alcanzando la misma un 95% de la densidad correspondiente a la humedad óptima obtenida para dicho suelo con el ensayo Proctor Standard. El equipo a utilizar para la compactación será el que el Contratista considere apropiado para obtener las densidades requeridas. Todos los ensayos y equipos necesarios para el control de compactación serán por cuenta y cargo del Contratista.

3.3. Tratamiento con herbicidas.

Concretada la subbase se realizará este tratamiento a efectos de garantizar la ausencia de crecimiento de malezas que afecten a la construcción.

3.4. Manto hidrófugo.

Finalizado el tratamiento se colocará, sobre toda la superficie del proyecto, un manto de polietileno de 100 micrones de espesor.

3.5. Paquete estructural.

Este trabajo consistirá en la formación de bases o subbases de suelo seleccionado utilizando materiales aptos para tal fin en un todo de acuerdo con estas especificaciones y con lo indicado en los planos de proyecto.

En términos generales el material de relleno deberá ser homogéneo y de bajo índice de plasticidad. En ningún caso podrá ser rellenos de tierra vegetal, de alto límite de plasticidad o de contenido de materiales no áridos o extraños.

Las capas a compactar no excederán los 20 cm de espesor de suelo suelto. La compactación del suelo se efectuará por medios mecánicos, en forma sistemática y de manera que permita un control eficiente, debiéndose realizar un espesor mínimo de 0,30 m de mejoramiento de suelo seleccionado.

El suelo compactado tendrá la necesaria humedad para asegurar la densidad máxima de compactación, conforme a ensayos Proctor. Todos los ensayos y equipos necesarios para el control de compactación serán por cuenta y cargo del Contratista.

Posteriormente se colocará un mando de polietileno de 200 micrones que actuará como barrera para evitar la humedad ascendente en toda la superficie del playón.

4 HORMIGÓN ARMADO

4.1. Losa de hormigón armado.

Será, como mínimo de 10 cm de espesor de hormigón tipo H-17 y se construirá dando cumplimiento a lo que establecen los planos del proyecto ejecutivo realizados en base a estas especificaciones. Dicha losa tendrá, como mínimo, una viga perimetral de refuerzo tanto en sus dos bordes transversales como longitudinales.

Previo al llenado del hormigón se deberán proveer y colocar los dos insertos de 0,50 m de profundidad mínima, para la sujeción de las columnas de la red de voleibol, las tapas de estos insertos deberán quedar perfectamente al ras de la terminación superior de la carpeta de Hº Aº. El mismo criterio se emplea para todo inserto de equipamiento fijo (arcos y postes de basquet).

4.2. Armadura

Todas las armaduras se colocarán con precisión y deberá garantizarse que no sufran desplazamientos durante las operaciones de hormigonado.

Antes de ser introducidas en el encofrado, las armaduras se limpiarán adecuadamente. De igual manera, antes de introducir el hormigón en los encofrados, las armaduras estarán libres de polvo, barro, escamas sueltas de herrumbre, grasas, aceites, pinturas y toda otra sustancia capaz de reducir o evitar la adherencia con el hormigón.

Para sostener o separar las armaduras se emplearán soportes o espaciadores metálicos, plásticos o de mortero cementicio y ataduras metálicas.

Deberá observarse estrictamente lo normado en relación a recubrimientos y protección de armaduras, anclajes, empalmes, y demás disposiciones constructivas.

4.3. Pasadores, barras de unión y armadura distribuida.

Los pasadores serán barras lisas de acero de sección circular de hierro del 12 de 0,60 m cada 0,50 m para las juntas de moldeo o constructivas y pasadores del 16 de 0,50 m cada 0,30 m en las cabeceras de paños y juntas internas. En las juntas de dilatación de los extremos, cada pasador estará cubierto con un manguito que permitirá una carrera mínima de 2 cm. Los pasadores se colocarán paralelos al eje de la losa y a la subrasante. Las barras de unión se colocarán según lo dispuesto en los planos del proyecto. La armadura distribuida estará formada por una malla presoldada de hierro de 6 mm de espesor de 15 x 15 cm, y se colocará 6 cm por debajo de la superficie expuesta.

4.4. Inspección ante armadura expuesta.

El Contratista deberá comunicar con una anticipación mínima de siete (7) días al Área Técnica correspondiente, la fecha en que se darán por concluidos los trabajos de ejecución de armaduras y consecuentemente el colado del hormigón.

4.5. Colado

Se hará en forma tal que no se produzca disgregación del material. Se procurará colar el hormigón inmediatamente después de concluido el batido, quedando estrictamente prohibido usar el hormigón que haya comenzado a fraguar. No se deberá proceder a la colocación del hormigón en temperatura ambiente inferior a 5 grados centígrados ni aún con la utilización de aditivos.

4.6. Ejecución

Preparación: La consistencia del hormigón será la necesaria y suficiente para que, con los medios de colocación y compactación disponibles, éste se deforme plásticamente en manera rápida, permitiendo el llenado completo de los encofrados. Dicha consistencia será determinada mediante ensayo de asentamiento realizado de acuerdo a las normas. Como regla general se colocará con el menor asentamiento posible, respetando siempre la relación agua-cemento que requiera el tipo de dosificación de la mezcla. El hormigón será mezclado en forma mecánica hasta obtener una distribución uniforme de todos los materiales componentes.

Colocación: el hormigonado de los distintos elementos de la estructura no será iniciado sin antes el Solicitante informe con suficiente antelación al Área Técnica correspondiente la fecha estimada para el colado del hormigón.

Protección y curado: durante como mínimo los primeros tres días posteriores al hormigonado, deberá protegerse al hormigón de la acción del frío excesivo, del calor y del viento. Deberán mantenerse las piezas húmedas durante un período de siete días, en caso de utilizarse Cemento Portland normal, y de tres días si el cemento es de alta resistencia inicial, cuidando de no lavar su superficie. Las piezas deberán protegerse además de los rayos del sol y de la acción del viento en verano, así como de las heladas en invierno.

4.7. Resistencia característica

Desde el punto de vista mecánico la calidad estará definida por el valor de la resistencia característica a la compresión correspondiente a los veintiocho (28) días; este valor resulta de la interpretación estadística de ensayos de resistencia realizados en la edad indicada.

4.8. Curado

El método de curado del hormigón será propuesto por el Contratista y deberá contar con la aprobación del Área Técnica correspondiente.

4.9. Terminación superficial

El acabado final de la superficie se logrará a través de medios mecánicos y fieltro, mediante el espolvoreo de una mezcla de 2 kg de cemento y 2 kg de endurecedor tipo GB 30 por metro cuadrado, con el objeto de lograr una terminación antideslizante, impermeable e higiénica.

4.10. Condiciones para la aceptación

No se admitirán anchos inferiores al de proyecto. Las juntas deberán ser rectas aceptándose desvíos de 20 mm en 3 metros de longitud. El perfil transversal deberá contar con una pendiente que no deberá ser inferior al 0,2% en sentido transversal desde la mitad del playón hacia ambos extremos.

Las juntas de dilatación están proyectadas de acuerdo a las demarcaciones de los campos de juego, de ahí la diferencia de medidas entre paños. Se realizarán, según el esquema que se adjunta, cortando con el disco los 4 cm superiores. Luego de realizado el corte se limpiará adecuadamente mediante sopleteo y se aplicará una imprimación tipo Primer CK 90 o similar, posteriormente se colocará un burlete de apoyo de goma, cilíndrico, tipo Gomastic o similar y se sellarán las juntas con sellador tipo Bostik Chem Calk o similar en el centimetro superior, para obtener una unión durable, flexible e impermeable. El burlete se colocará para que el sellador se tome a los bordes del hormigón y no a la base de la junta.

5 PINTURA

5.1. Demarcación de canchas de juego.

Los trabajos de pintura se ejecutarán de acuerdo a las reglas del arte, debiendo limpiar todas las partes prolijamente y prepararlas en forma conveniente antes de recibir las sucesivas manos de pintura.

No se aplicará pintura sobre superficies mojadas o sucias de polvo o grasa, sin una preparación previa y adecuada.

Los materiales a emplear serán en todos los casos de la mejor calidad dentro de su respectiva clase y marca.

El Contratista deberá demarcar las canchas para cada deporte de acuerdo a las reglamentaciones de cada uno de ellos, adjuntas al presente. La misma deberá ser efectuada una vez selladas las juntas y una vez terminado el proceso de curado del hormigón.

Se pintarán las demarcaciones de básquet, de vóley y fútbol con pintura Tipo LOXON PISOS o calidad superior.

6 EQUIPAMIENTO DEPORTIVO

El Contratista deberá proveer e instalar: Dos (2) arcos de fútbol 5 de dimensiones acordes a las del plano respectivo. Serán de caño de 3” 1/2 de diámetro, de 3.20 mm de espesor de pared mínimo, contarán con estructura soporte para red construida con caño de 2” de diámetro y 3.2 mm de espesor mínimo. La red a proveer será reforzada. Los arcos se entregarán con dos manos de antióxido y pintados con dos manos de pintura sintética.

Dos (2) columnas extraíbles para voley de altura reglamentaria, las que se empotrarán en un caño de mayor diámetro anclados en el playón (mínima profundidad de anclaje 0,50 m) y que deberán contar con tapa de protección. El caño a utilizar deberá tener un diámetro de 3 ½” con un espesor de 3.20 mm. La red a proveer deberá ser reglamentaria.

Provisión e instalación de dos (2) aros fijos reglamentarios para basquet, con su correspondiente tablero y redes. (Ver planos correspondientes)

7 CERCO PERIMETRAL

El cerco perimetral será de 4 m de altura desde nivel de piso terminado, estará construido con columnas de hierro tubo estructural de sección cuadrada de 100 x 100 mm y 2mm de espesor y malla electrosoldada galvanizada de 50 x 50 mm de 2.1mm de espesor.

Las columnas metálicas se empotrarán en un dado de hormigón H13 de piedra partida de 0.30m de lado y 0.70m de profundidad como mínimo.

El cerco perimetral de 4 metros (mínimo) de altura, se colocará sobre todo el perímetro del playón. Se materializará en caño hierro tubo estructural de sección cuadrada de 100 x 100 mm y 2mm de espesor y una distancia máxima entre parantes de 4.75 mts en las cabeceras y 4 mt en laterales longitudinales, entre ellos se colocará la malla electrosoldada galvanizada de 50 x 50 mm de 2.1mm de espesor que se fijará a los parantes metálicos por medio de los perfiles correspondientes soldados verticalmente al eje de los tubos, instalando la malla con todos los accesorios de fijación correspondiente (alambres, tensores, planchuelas, etc.). Se deberán realizar los refuerzos necesarios en las esquinas del perímetro.

Portón de acceso: se realizará dos portones de dos hojas para el acceso al playón, los mismos deberá ser de marco metálico con tubo estructural de 50×50 mm con 1.25 mm de espesor y malla electrosoldada galvanizada de 50 x 50 mm de 2.1mm de espesor. Los portones deberán contener mínimo 3 bisagras por hoja, cerradura y tope inferior fijado al suelo.

8 INSTALACIÓN ELÉCTRICA

8.1. Estructura

Las columnas o postes a proveer tendrán las dimensiones mínimas que indiquen los croquis y/o especificaciones técnicas. Se empotrarán de manera exterior al cerramiento perimetral, de acuerdo al esquema adjunto. La fundación se hará mediante bases de hormigón simple (300 kg/cm2) y cuyo empotramiento será igual como mínimo al 10% de su altura total. Se deberá tener especial precaución en las tareas de excavación de pozo con estibado, de alineación, verticalidad y nivelación de columnas, vibrado de hormigón en bases ejecutadas, puesta a tierra.

8.2. Puesta a tierra:

. En el tramo comprendido entre la estructura y la jabalina, el conductor será de cobre desnudo (con la sección que indiquen los planos del proyecto ejecutivo) y con las soldaduras correspondientes para tal fin.

Todo el conjunto pasará a través de un caño de PVC o polietileno, incorporado en el hormigón de la base. El valor de puesta a tierra será el que indiquen los planos del proyecto ejecutivo, debiéndose considerar la cantidad de jabalinas necesarias para obtener dicho valor. Las jabalinas tendrán la longitud y sección que indiquen los cálculos respectivos.

Columnas metálicas:

Las columnas serán tubulares de acero conforme a la Norma IRAM 2591. Serán construidas con caños lisos de acero SAE 1020, nuevos, de una sola pieza y con un espesor mínimo de 2,5mm.

Tendrán perforaciones para la acometida subterránea, pasaje de los cables y alojamiento de la caja de conexión y dispositivo de puesta a tierra.

Las columnas no podrán tener una altura libre menor a 5,4m y su diámetro será al menos de 114,3mm.

Las columnas serán sometidas a una limpieza superficial por arenado o granallado que asegure una superficie libre de óxido. Inmediatamente todas las columnas deberán ser tratadas con dos manos de antióxido y una mano de esmalte sintético. Una vez montada la columna se aplicará una segunda mano de esmalte sintético.

8.3. Conductores:

Estará incluida la provisión e instalación de un conductor desde la red existente hasta el tablero de comando, y desde éste al sistema de iluminación proyectado. El conductor deberá ser subterráneo, del tipo sintenax, debiendo contar con una sección adecuada. El lecho de las zanjas será apisonado y recubierto con ladrillos comunes de barro y cinta protectora.

En los casos en que se deba atravesar calzadas y/o entradas de vehículos, se deberá colocar una tubería de hierro galvanizado de protección de un diámetro adecuado con pared de 5mm de espesor y con una tapada mínima de 50.

8.4. Tablero de comando:

Se construirán en gabinetes, totalmente cerrados, de chapa de hierro no menor de 1,6mm de espesor doblada y soldada, de dimensiones y construcción conforme a lo indicado en los cálculos efectuados por el Contratista, dejándose como reserva espacio, rieles, barras, etc. preparado para un 20% de elementos de reserva, con un mínimo de 2 llaves termomagnéticas de reserva.

El mismo deberá ser apto para intemperie y poseer cierres y burletes que impidan el ingreso de agua y suciedad. Deberán estar provistos de los refuerzos y soportes necesarios para el montaje de los elementos electromecánicos de maniobras, barras de cobre, contactores, etc.

El circuito tendrá fusibles y seccionamiento de entrada, con protección por medio de interruptores termomagnéticos para cada circuito de salida. Tendrá accionamiento manual o automático. El accionamiento automático se realizará mediante fotocélulas o reloj con reserva y relé auxiliar.

9 LUMINARIAS

Las luminarias a proveer y colocar serán reflectores de alta potencia tipo LED de 200w como mínimo, aptos para exterior. Se instalarán dos unidades por columna. Los artefactos se instalarán completos con todos los accesorios necesarios para su funcionamiento.

La calidad del material utilizado garantizará su estabilidad ante el ataque de agentes atmosféricos y resistencia a la intemperie. Las juntas deberán asegurar hermeticidad total al polvo e insectos.

La alimentación de las luminarias se realizará a partir de la caja de conexión, por el interior de la columna de primera marca y de acuerdo con las normas IRAM respectiva para cables tipo taller o similar. Para la provisión y colocación de los tipos de luminarias deberán seguir las instrucciones del fabricante para su correcto montaje e instalación.

Ordenanza N° 2.020/22. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, el día 10 de junio del año 2.022, en la VII Sesión Ordinaria del año 2.022. Registrada bajo Acta N° 09/22.-

A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga

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