ORDENANZA N° 2.003/22 

Exenciones impositivas Veterano de Malvinas – Hidalgo

VISTO:   

                    La Ley XVI N° 46; la Ordenanza N° 1.436/16; la Ordenanza N° 1.619/18; el Despacho de Comisión de Hacienda N° 92/22; y la Nota N° 87/22; Y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley XVI N° 46 faculta al Honorable Concejo Deliberante a legislar en Materia Tributaria.

Que, mediante Ordenanza N° 1.436/16 se aprueba el Código Tributario Municipal.

Que, mediante Ordenanza N° 1.619/18, se establece el marco regulatorio para el otorgamiento de exención impositiva a Ex Combatientes de Malvinas.

Que, se ha cumplimentado el procedimiento administrativo determinado en el Artículo 6° de la Ordenanza N° 1.619/18.

Que, mediante Despacho de Comisión de Hacienda N° 92/22 del Honorable Concejo Deliberante, se ha determinado la exención circunscripta que procedentemente se menciona.

Que, mediante la Nota N° 87/22, en virtud del nuevo período fiscal, el Sr. HIDALGO, JOSÉ ROLANDO, DNI 12.594.487, Ex Combatiente, Héroe de la Guerra de Islas Malvinas, solicita exención impositiva en concepto de Impuesto Inmobiliario.

Que, el Cuerpo Legislativo de este Honorable Concejo Deliberante se expide de lo expuesto precedentemente a fin de sancionar la presente normativa.

POR ELLO:

                                 El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:                          

ORDENANZA

Artículo 1º: OTORGAR la exención impositiva en un cien por ciento (100%) para el Periodo Fiscal 2.022 que en concepto de impuesto automotor recae en el siguiente automotor, a partir del 01 de Enero de 2.022 hasta el 31 de diciembre de 2022:

N ° APELLIDO Y NOMBRE D.N.I. MARCA DOMINIO VEHÍCULO
1 HIDALGO, JOSÉ ROLANDO DNI 12.594.487 WOLKSWAGEN AMAROK PKZ763

Artículo 2°: RENOVAR, anualmente, mediante Ordenanza Municipal, previa presentación de la documentación requerida en el Art. 6, inciso c, de la Ordenanza N° 1619/18.

Artículo 3: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal y la Secretaría  de Hacienda para su conocimiento e implementación.

Artículo 4°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

Ordenanza N° 2.003/22. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, el día 21 de abril del año 2.022, en la IV Sesión Ordinaria del año 2.022. Registrada bajo Acta N° 06/22.-

A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga

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