Prórroga sede Universidad
VISTO:
La Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; la Ordenanza 1818/20; el Despacho de Comisión de Legislación General 14/22; la Nota N° 1006/21; Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Provincial XVI N° 46, Articulo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de sus facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, según Ordenanza Municipal 1818/21, fueron donadas a la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco, las parcelas denominadas catastralmente como Parcelas 69 y 70, de la Manzana 24, Sector 2, Circunscripción 1, de la calle Rio Corinto y Juan José Paso, del ejido urbano de la Municipalidad de Trevelin.
Que, según Despacho de Comisión de Legislación General 14/22 se resolvió otorgar la excepción solicitada al Art. 2 de la Ord. N° 1818/20, en Nota N° 1006/21, que consta en el Expte. LG-014/22, otorgando un plazo para realizar el cerramiento hasta 31/12/2022.
Que, según mismo despacho de Comisión mencionado se resolvió otorgar la excepción solicitada al Art. 2 de la Ord. 1818/20, en Nota N° 1006/21 presentada ante este Honorable Concejo Deliberante por el Rector Carlos de Marziani, que consta en el Expte. LG-014/22, otorgando un plazo para la construcción del espacio áulico hasta 31/12/2024.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º: OTORGAR una excepción al Art. 2° de la Ord. N° 1818/20, otorgando un nuevo plazo para realizar el cerramiento hasta el día 31 de diciembre de 2022.
Artículo 2º: OTORGAR una excepción al Art. 2° de la Ord. N° 1818/20, otorgando un nuevo plazo para la construcción del espacio áulico hasta el día 31 de diciembre de 2024.
Artículo 3°: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su conocimiento e implementación.
Artículo 4°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.
Ordenanza N° 1.998/22. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, el día 7 de abril del año 2.022, en la III Sesión Ordinaria del año 2.022. Registrada bajo Acta N° 05/22.-
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