ORDENANZA N° 1986/22 

VISTO:

                    La Ley Provincial XVI N° 46; la Ordenanza Municipal N° 1.846/20 Art. 2, Inc. “f”; el Art. 87 del Reglamento Interno del Honorable Deliberante de Trevelin; el Despacho N° 45/22 de la Comisión de Legislación General; la Nota N°267/22 de este HCD; y La Gesta de los Héroes de Malvinas en la Guerra de Malvinas e Islas del Atlántico Sur; Y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley XVI N° 46, Artículo 30°, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de las facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.

Que, mediante Ordenanza N° 1.846/20, en su Art. 2 Inc. “i”, el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin establece el marco regulatorio respecto a los requerimientos formales y procedimentales para la imposición de nombres a espacios públicos: “Hechos y personas asociadas a la cultura, el arte, el deporte, la ciencia y otras áreas a nivel Local, Nacional e Internacional”.

Que, el Reglamento Orgánico del Concejo Deliberante en su Art. 87° dispone que en el caso de designar vías o lugares con los nombres de personalidades Argentinas o Extranjeras o de Sucesos de Orden local, Provincial, Nacional o Internacional deberán establecerse las causas de su merecimiento.

Que, según Despacho 45/22 de la Comisión General de Legislación General, se resuelve aprobar el Proyecto de Imposición de Nombre “Héroes de Malvinas” al Edificio del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, en el marco del 40° aniversario del conflicto armado con el Reino Unido de Gran Bretaña.

Que, según la nota N° 267/22, el Intendente de la localidad de Trevelin y sus Parajes ingresó a este Honorable Concejo Deliberante la propuesta de imposición de nombre “Héroes de Malvinas” al edificio legislativo local, en relación a la conmemoración de los 40 años de la Gesta de Malvinas, declarando el corriente año como “de homenaje del pueblo argentino a los caídos en el conflicto de las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SÁNDWICH DEL SUR y los espacios marítimos e insulares correspondientes, así como a sus familiares y a los veteranos y veteranas de Malvinas”, según Decreto 17/2022 del Poder Ejecutivo Nacional.

Que, el acto de develación de la imposición de nombre se realizaría en el marco de los actos oficiales del 2 de abril de 2022.

Que, el edificio de la sede de este Honorable Concejo Deliberante aún no cuenta con imposición que designe su nombre.

Que, este cuerpo se proclama en reconocimiento de los “Héroes de Malvinas”, argentinos y argentinas que actuaron con valentía y entrega en la gesta militar de 1982.

Que, el Cuerpo Legislativo de este Honorable Concejo Deliberante se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.

POR ELLO:

                          El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1°: IMPONER el nombre “Héroes de Malvinas” al edificio sede del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, sito Calle Río Corintos 520.

Artículo 2°: EMPLAZAR en el patio frontal del edificio del Honorable Concejo Deliberante un cartel distintivo para el reconocimiento de los “Héroes de Malvinas”.

Artículo 4°: ELEVAR la presente al Departamento Ejecutivo Municipal para su implementación y la Asociación de Héroes de Malvinas.

Artículo 5°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

Ordenanza N° 1986/22. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, el día 23 de marzo del año 2.022, en la II Sesión Ordinaria del año 2.022. Registrada bajo Acta N° 04/22.-

A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga

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