VISTO:
La Ley XVI N° 46; las Ordenanzas Municipales N° 885/10, N° 933/11; 1669/18, N° 1791/20; las Notas Ingresadas HCD N° 479/21 y 746/21; las Actas de la Comisión Evaluadora 120 Lotes N° 05/21 y 06/21. Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XVI N° 46, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de las facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, la Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, Artículo 33°, Inciso 30, establece que corresponde al Concejo Deliberante entender, en el marco de sus facultades, la reglamentación y administración del Régimen de la tierra fiscal municipal.
Que, en un mismo tenor, la normativa mencionada precedentemente, Artículo 53° establece que corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar la venta de bienes de la Corporación Municipal.
Que, mediante Ordenanza N° 1.003/11, la Municipalidad de Trevelin establece la regulación al régimen de adjudicación de la Tierra Fiscal
Que, mediante Ordenanza Nº 885/10 se crea la Comisión Evaluadora para la selección y adjudicación de los 120 Lotes, a la vez que establece el mecanismo de ponderación de los postulantes.
Que, mediante Ordenanza N° 933/11, Anexos I y Anexo III, el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin aprueba el Orden de Mérito, para la adjudicación de los lotes mencionados precedentemente.
Que, en tal Orden de Mérito, Anexo III, el SR. DIEGO GUILLERMO ORTIZ, D.N.I. N° 27.130.088, Expte N° 304, resulta adjudicatario del lote 3, de la Manzana 49, con Expte. N° 304.
Que, por Ordenanza N° 1.791/20, se le adjudica al Sr, Diego Guillermo Ortiz, el Lote 3 de la Manzana 49, luego que se desadjudicara este lote a los primeros adjudicatarios mediante Ordenanza N° 1.669/18.
Que, por Nota Ingresada N° 479/21HCD, el Sr. Ortiz retorna a la Municipalidad de Trevelin el citado inmueble.
Que, mediante Acta N° 05/21 y 06/21, y habiéndole dado tratamiento a la Nota presentada por el Sr. Ortiz, la Comisión Evaluadora determina la readjudicación del Lote 3 de la Manzana 49, en beneficio de quien continúa en el Orden de Mérito del Anexo III de la Ordenanza N° 933/11, correspondiendo al SR. ALEXIS BRUNO JAEGER, D.N.I. N° 30.663.815, con Expte. N° 313.
Que, mediante Nota Salida HCD N° 322/21, se le notifica, al Sr. Jaeger la decisión de la Comisión Evaluadora, en la que además se le solicita documentar el no poseer otra propiedad inmueble.
Que, por Nota Ingresada HCD N° 660/21 el Sr. Alexis Bruno Jaeger remite su aceptación a la adjudicación del inmueble, como asimismo, por Nota N° 746/21 la Certificación de No poseer propiedad inmueble alguna a su nombre, emitida por el Registro de la Propiedad Inmueble.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo antes mencionado a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1°: READJUDÍQUESE en venta el lote 3 de la Manzana 49, del loteo denominado “120 Lotes” en favor del señor ALEXIS BRUNO JAEGER, D.N.I. N° 30.663.815, con Expte. N° 313, según el Orden de Mérito que como Anexo III forma parte integrante de la Ordenanza N° 933/11.
Artículo 2°: NOTIFÍQUESE al ciudadano mencionado en el Art. 1° de la presente a los fines de iniciar las tramitaciones que se derivan de la adjudicación en venta otorgada.
Artículo 3°: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal y a las Áreas que correspondan para su conocimiento.
Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.
Ordenanza N° 1.942/21.Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, el día 23 de septiembre de 2021, en la XI Sesión Ordinaria de año 2021. Registrada bajo Acta N° 15/21.
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