ORDENANZA N° 1.924/21

VISTO:

La Ley XVI N° 46; las Ordenanzas Municipales N° 885/10, N° 933/11, N° 1003/11; las Notas Recibidas N° 468/19 y 566/21; el Acta N° 202/21 de la Comisión de Tierras Fiscales; el Acta N° 47/17 de la Comisión de los 120 Lotes. Y,

CONSIDERANDO

Que, la Ley XVI N° 46, de Corporaciones Municipales determina la correspondencia del Honorable Concejo Deliberante el ejercicio de las facultades constitucionales sancionando las Ordenanzas y disposiciones pertinentes.

Que, la misma Ley, en su Artículo 33º, Inciso 30°, establece que es el Honorable Concejo Deliberante quien debe reglamentar y administrar el  Régimen de la Tierra Fiscal.

Que, por Ordenanza Nº 885/10 se crea la Comisión Evaluadora para la selección y adjudicación de los 120 lotes, la cual establece el Marco Regulatorio de adjudicación en Venta.

Que, mediante Ordenanza N° 933/11 se Adjudica en Venta el Lote 7, Manzana 49, Sector 3, Sector 3, Circunscripción 1, Ejido 38 de Trevelin, a los Sres. Andrea Verónica MENDINUETA y Eduardo Javier DEOCARES.

Que, Ordenanza N° 1003/11 enmarca la adjudicación de las Tierras Fiscales por parte del Estado Municipal.

Que, mediante Nota Ingresada registrada bajo N° 468/19, este Concejo Deliberante tiene a la vista la Declaración Jurada n°514/12 de fecha 7 de junio del año 2012, mediante la cual la Sra. Andrea Verónica MENDINUETA cede y transfiere permanentemente al Sr. Eduardo Javier DEOCARES todos los derechos, acciones y mejoras sobre la totalidad del inmueble identificado a nombre de ambos, lote 7, Manzana 49, Sector 3, Circunscripción 1, Ejido 38 de esta localidad. Y mediante Nota N° 566/21 el Sr. Eduardo Javier DEOCARES acepta la Cesión de Derechos y asumir en un 100% todas las obligaciones emergentes del Convenio de Adjudicación en venta del inmueble mencionado.

Que, mediante Acta N° 47/17 de la Comisión de los 120 Lotes dio lugar a dicha declaración jurada, resolución que se reitera en la nota Recibida N° 468/19;

Que, por Acta N° 202/21, realizada el día 6 de agosto de 2021, la Comisión Evaluadora de Tierras Fiscales, se expide favorablemente a fin de efectivizar tal acto de Cesión de Derechos.

Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin se expide de lo expuesto precedentemente a fin de sancionar la presente.

POR ELLO

                      El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin, en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI N° 46, de Corporaciones Municipales, sanciona la presente,

ORDENANZA

Artículo 1°: APRUÉBESE la cesión de derechos, acciones, obligaciones y mejoras efectuadas sobre el Inmueble identificado como el Lote 7, Manzana 49, Sector 3, Circunscripción 1, Ejido 38, del loteo “120 lotes, de la ciudad de Trevelin, por parte de la Sra. Andrea Verónica MENDINUETA, DNI N° 24.918.515, en favor del Sr. Eduardo Javier DEOCARES, DNI N° 23.114.870, sujeto a las condiciones del la Cesión de Derechos efectuada mediante Declaración Jurada N° 514/12 del día 7 de junio de 2012, en la ciudad de Trevelin, que como Anexo I se integra a la presente. El Sr. DEOCARES deberá cumplir con todas las obligaciones emergentes de las Ordenanzas Nº 885/10  y N° 933/11.

Artículo 2°: TRANSFIÉRESE las obligaciones de pago suscriptas en el Convenio de Adjudicación de Venta del Inmueble identificado como el Lote 7, Manzana 49, Sector 3, Circunscripción 1, Ejido 38, del loteo “120 lotes, de la ciudad de Trevelin, que recaen sobre el Sr. Eduardo Javier DEOCARES.  Del mismo modo se transfieren al nombrado todas las obligaciones emergentes del impuesto inmobiliario municipal.

Artículo 3°: MODIFÍQUESE el ANEXO I, N° de orden 79 de la Ordenanza N° 933/11, en relación al Lote 7, Manzana 49, Sector 3, Circunscripción 1, Ejido 38, del loteo “120 lotes», de la ciudad de Trevelin, adjudicándose al Sr. Eduardo Javier DEOCARES, DNI N° 23.114.870, el 100 % de ese inmueble.

Artículo 4°: FACÚLTESE al Sr. Eduardo Javier DEOCARES, DNI N° 23.114.870, a realizar los trámites pertinentes ante la Corporación Municipal, a fin de efectivizar la Cesión en su favor.

Artículo 5°: La cesión y transferencia aprobada no excluyen a la Sra. Andrea Verónica MENDINUETA y al Sr. Eduardo Javier DEOCARES del Registro Municipal de adjudicatarios de lotes sociales.

Artículo 6°: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación y efectos correspondientes.

Artículo 7°: Notifíquese a los ciudadanos circunscriptos en el Artículo 1° de la presente normativa.

Artículo 8°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y cumplido, Archívese.

Ordenanza N° 1.924/21. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, el día 12 de agosto de 2021, en la VIII Sesión Ordinaria del año 2021. Registrada bajo Acta N° 12/21.

A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga

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