VISTO:
La Ley XVI N° 46; las Ordenanzas Municipales N° 885/10, N° 933/11, N° 1003/11; la Nota Recibida N°465/19; el folio N° 167/21 de la Comisión de Tierras Fiscales; la Nota Ingresada HCD N° 424/21. Y,
CONSIDERANDO
Que, la Ley XVI N° 46, de Corporaciones Municipales determina la correspondencia del Honorable Concejo Deliberante el ejercicio de las facultades constitucionales sancionando las Ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, la misma Ley, en su Artículo 33º, Inciso 30°, establece que es el Honorable Concejo Deliberante quien debe reglamentar y administrar el Régimen de la Tierra Fiscal.
Que, por Ordenanza Nº 885/10 se crea la Comisión Evaluadora para la selección y adjudicación de los 120 lotes, la cual establece el Marco Regulatorio de adjudicación en Venta.
Que, mediante Ordenanza N° 933/11 se Adjudica en Venta el lote 10 de la Manzana 51 del Barrio 120 lotes Sector 3, Circunscripción 1, Ejido 38, a los Sres. Sra. Gisela Andrea UNDERWOOD y el Sr. RABE, Nicolás Martin, Expediente N° 45, N° de Orden 15.
Que, la Ordenanza N° 1003/11 enmarca la adjudicación de las Tierras Fiscales por parte del Estado Municipal.
Que, mediante Nota Ingresada registrada bajo N°465/19, este Concejo Deliberante tiene a la vista el acta de acuerdo de liquidación del régimen de comunidad matrimonial alcanzado entre la Sra. Gisela Andrea UNDERWOOD y el Sr. RABE, Nicolás Martin, arribado en audiencia celebrada el 16 de agosto de 2017, en el Juzgado de Familia Nro. 1 de Esquel, y homologado por Sentencia Interlocutoria Nro. 435/2017. De ello surge que se le Adjudica en un 100% a la nombrada Sra. UNDERWOOD el inmueble que le fuera adjudicado a ambos por Ordenanza N° 933/11.
Que, conforme oficio judicial N°155/2018 de fecha 21 de febrero de 2018, el Juzgado de Familia nombrado dispone que la Corporación Municipal de Trevelin tome razón del mencionado acuerdo alcanzado entre las partes precitadas y que se realice la inscripción del lote referido a nombre de la Sra. Gisela Andrea UNDERWOOD.
Que, la mencionada adjudicación entre partes es celebrada con posteridad a la sentencia de divorcio, por tanto resulta lícita.
Que, mediante Despacho, la Comisión de Tierras Fiscales, folio N° 167/21, del día 21 de mayo de 2021, decidió avanzar con la redacción de las ordenanzas en aquellos casos en donde el lote se encuentre cancelado.
Que, de acuerdo a lo informado por la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad de Trevelin, mediante Nota Ingresada HCD N° 424/21, el pago del convenio celebrado entre Sres. UNDERWOOD y RABE con la Municipalidad de Trevelin, en relación al inmueble que motiva la presente, se encuentra cancelado.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin se expide de lo expuesto precedentemente a fin de sancionar la presente.
POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin, en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI N° 46, de Corporaciones Municipales, sanciona la presente,
ORDENANZA
Artículo 1°: TÓMESE RAZÓN del acuerdo de liquidación del régimen de comunidad matrimonial alcanzado entre la Sra. Gisela Andrea UNDERWOOD y el Sr. RABE, Nicolás Martin, arribado en audiencia celebrada el día 16 de agosto de 2017, en el Juzgado de Familia Nro. 1 de Esquel, y homologado por Sentencia Interlocutoria Nro. 435/2017, que como Anexo I y II se integran a la presente, mediante el cual se le adjudica el 100% del inmueble identificado como el lote 10 de la Manzana 51 del Barrio 120 lotes de Trevelin, en favor de la nombrada Sra. UNDERWOOD.
ARTICULO 2°: APRUÉBESE la transferencia de derechos y obligaciones efectuada sobre el Inmueble identificado como el lote 10 de la Manzana 51 del Barrio 120 lotes, Circunscripción 1, Ejido 38 de Trevelin, Expediente 45, N° de Orden 15 por parte del Sr. RABE, Nicolás Martin, DNI N° 27.403.108, en favor de su ex cónyuge Sra. Gisela Andrea UNDERWOOD, DNI N° 28.236.035. La adjudicataria deberá cumplir con todas las obligaciones emergentes de las Ordenanzas Nº 885/10 y N° 933/11, y del impuesto inmobiliario.
Artículo 3°: MODIFÍQUESE el ANEXO I, N° de Orden 15, de la Ordenanza N° 933/11, en relación al lote n° 10 de la Manzana 51 del loteo “120 lotes”, Circunscripción 1, Ejido 38 de Trevelin, adjudicándose a la Sra. Gisela Andrea UNDERWOOD, DNI N° 28.236.035, el 100 % de ese inmueble.
Artículo 4°: FACÚLTESE a la Sra. Gisela Andrea UNDERWOOD, a realizar los trámites pertinentes ante la Corporación Municipal, a fin de efectivizar la transferencia en su favor.
Artículo 5°: La transferencia aprobada no excluye al Sr. RABE, Nicolás Martin y a la Sra. Gisela Andrea UNDERWOOD del Registro Municipal de adjudicatario de lotes sociales.
Artículo 6°: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación y efectos correspondientes.
Artículo 7°: Notifíquese a los ciudadanos circunscriptos en el artículo 1° de la presente normativa.
Artículo 8°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y cumplido, Archívese.
Ordenanza N° 1.906/21. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, el día 03 de junio de 2021, en la VI Sesión Ordinaria del año 2021. Registrada bajo Acta N° 09/21.
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