ORDENANZA N° 1.838/20

VISTO:

               La Ley XVI N° 46; la Ordenanza Municipal N° 1537/17, la Nota  Ingresadas N° 66/20. Y,

CONSIDERANDO

Que, la Ley XVI N° 46, artículo 30°, de Corporaciones Municipales determina la correspondencia del Honorable Concejo Deliberante en el ejercicio de las facultades constitucionales sancionando las Ordenanzas y disposiciones pertinentes.

Que, por Ordenanza N° 1537/17 se aprueba el Plan de Desarrollo Territorial.

Que, el Artículo 3°, de la citada Ordenanza, incorpora el TÍTULO II, Normativa Reglamentaria del Plan de Desarrollo Territorial, el que en el Capítulo VI, Sección 1, manifiesta como objeto la regulación del parcelamiento del suelo en las Áreas Urbana y Rural.

Que, por Nota N° 66/20 HCD, ingresa, a este Concejo Deliberante, el pedido del Sindicato Regional Obreros Panaderos, Pasteleros Patagónicos (SROPPP), en el que manifiestan se contemple la excepción  a la medida de Una (1) Hectárea, según las normas establecidas en el PDT.

Que, el Cuerpo Legislativo de este Honorable Concejo Deliberante se expide de lo expuesto precedentemente a fin de sancionar la presente.

POR ELLO:

                           El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin, en uso de las facultades constitucionales que le confiere la Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, sanciona la presente

ORDENANZA

Artículo 1°: EXCEPTÚASE de lo establecido en el Capítulo VII, Sección 2, Subsección 3, inc. VII 14 y VII 15 de  la Ordenanza N° 1.537/17, Plan de Desarrollo Territorial, referido a las Medidas Mínimas de Superficie de Una (1) Hectárea, al Lote identificado catastralmente como Parcela 06, Chacra 12, Sector 5, Circunscripción 2, Ejido 38.

Artículo 2°: El otorgamiento de la presente excepción no exceptúa del cumplimiento del resto de los requerimientos de la Ordenanza N° 1.537/17.

Artículo 3°: ELÉVESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación y a la Secretaría de Obras Públicas para los efectos correspondientes.

Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y cumplido, Archívese.

Ordenanza N° 1838/20. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, el día 19 de noviembre de 2020, en la XIII Sesión Ordinaria del año 2020. Registrada bajo Acta N° 17/20.

A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga

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