VISTO
La Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, la Ordenanza N° 1762/19, la misiva registrada bajo Nota de Ingreso N°609/20 HCD remitida por el Departamento Ejecutivo Municipal, y el consiguiente deber de instrumentar el petitorio allí consignado con motivo de haberse celebrado un Acta Acuerdo entre el Departamento Ejecutivo Municipal y los Gremios S.O.E.M.T. y SOEME Y ZO, Y,
CONSIDERANDO
Que, la Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de las facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, mediante Ordenanza N° 1762/19 se aprueba el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos de la Corporación Municipal de Trevelin para el ejercicio fiscal correspondiente al año 2020.
Que, mediante misiva registrada bajo Nota de Ingreso N° 609/20 HCD, el Departamento Ejecutivo Municipal remite copia del Acta celebrada el día 14 de octubre de 2020, con el objeto de que el presente órgano ratifique la misma mediante el instrumento pertinente.
Que, el Acta Acuerdo de referencia, ha sido celebrado entre el Intendente de la Municipalidad de Trevelin, Sr. Héctor Ricardo INGRAM, los representantes del Gremio SOEMT, Sres. Gabriela RÍOS y Samuel UBIEDO, los representantes del Gremio SOEME y ZO, Sres. Patricia EZQUERRA y Sandro SEGUNDO.
Que, conforme lo mencionado ut supra, el Acta Acuerdo rubricado por el Departamento Ejecutivo Municipal y los Gremios S.O.E.M.T (Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de Trevelin) y SOEME Y ZO, que forma parte de la presente como ANEXO I, se acuerda sobre diversos ítems que implican una mejora coyuntural en las condiciones en las que presta su servicio el trabajador municipal a favor de la Corporación Municipal de Trevelin.
Que, mediante Dictamen proveniente de la Comisión de HACIENDA (Artículo 43° – Reglamento Interno), Folio N° 130/20, el Cuerpo Legislativo ha resuelto ratificar en todos sus términos el Acta Acuerdo celebrado.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1°: RATIFÍCASE en todos sus términos el Acta Acuerdo suscripto entre el Intendente de la Municipalidad de Trevelin, Sr. Héctor Ricardo INGRAM y los Gremios SOEMT, representado por los Sres. Gabriela RÍOS y Samuel UBIEDO y el Gremio SOEME y ZO, representado por los Sres. Patricia EZQUERRA y Sandro SEGUNDO, celebrado el día 14 de octubre del año 2020, que como ANEXO I forma parte de la presente normativa.
Artículo 2°: OTÓRGUESE un incremento Salarial al Personal de Planta Permanente, Planta Transitoria, Planta de Tratamiento de Residuos (GIRSU), Planta Política y Jubilados Municipales, a liquidarse de forma acumulativa en las etapas circunscriptas a continuación:
- PRIMERA: SEIS POR CIENTO (6%), el cual se hará efectivo a partir del mes de octubre del año 2020, al Básico de cada Categoría, según el escalafón municipal.
- SEGUNDA: SEIS POR CIENTO (6%), el cual se hará efectivo a partir del mes de noviembre del año 2020, al Básico de cada Categoría, según el escalafón municipal.
- TERCERA: SEIS POR CIENTO (6%), el cual se hará efectivo a partir del mes de Diciembre del año 2020, al Básico de cada Categoría, según el escalafón municipal.
Artículo 3°: ESTABLÉZCASE que los Adicionales correspondientes a Tareas Riesgosas y a Trabajo Insalubre serán equivalentes al 10 % del salario básico de la categoría 10, para todos los trabajadores comprendidos entre las categorías 1 a 10 del escalafón municipal del sector operativo que cumplen las funciones que corresponden a dichos adicionales.
Artículo 4°: ESTABLÉZCASE que el Adicional correspondiente a Chofer será equivalente al 8 % del salario básico de la categoría 8, para todos los trabajadores comprendidos entre las categorías 1 a 10 del escalafón municipal del sector operativo que cumplen las funciones que corresponden a dichos adicionales.
Artículo 5º: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su implementación.
Artículo 6°: Elévesecopia de la presente a los Gremios SOEMT y SOEME y ZO.
Artículo 7º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.
Ordenanza N° 1.831/20. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, en la XII Sesión Ordinaria del año 2020, el día 05 de noviembre de 2020. Registrada en Acta N° 16/20
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