VISTO:
La Ley XVI N° 46; el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Trevelin y la Dirección Nacional de Vialidad; la Nota Ingresada N° 566/20 Hcd. Y,
CONSIDERANDO
Que, la Ley XVI N° 46, de Corporaciones Municipales, le asigna al Concejo Deliberante las facultades constitucionales de la sanción de las Ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, entre la Dirección Nacional de Vialidad y la Municipalidad de Trevelin se ha celebrado un Convenio Interadministrativo.
Que, el Convenio de referencia, ha sido celebrado entre el Intendente de la Municipalidad de Trevelin, Sr. Héctor Ricardo INGRAM y el Jefe del 13° Distrito Chubut de Vialidad Nacional, Agrimensor Julio Alberto OTERO.
Que, por el CONVENIO, la Municipalidad de Trevelin se compromete a prestar a la DVN mano de Obra para tareas de mantenimiento ante necesidades del Distrito, según las especificaciones detalladas en el mismo.
Que, mediante Nota Ingresada N° 566/20, el Departamento Ejecutivo Municipal eleva el citado Convenio al HCD, para su tratamiento y ratificación.
Que, resulta necesario dar cumplimiento a la ratificación del Convenio suscripto, por parte del Cuerpo Deliberativo del Honorable Concejo Deliberante.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto precedentemente a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin, en uso de las facultades constitucionales que le confiere la Ley XVI N° 46, de Corporaciones Municipales, sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1°: RATIFÍCASE en todos sus términos el Convenio Interadministrativo suscripto entre el Intendente de la Municipalidad de Trevelin, Sr. Héctor Ricardo INGRAM y el Jefe del 13° Distrito Chubut de Vialidad Nacional, Agrimensor Julio Alberto OTERO, el que como Anexo I forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su implementación.
Artículo 3°: Elévesecopia de la presente a la Jefatura de Vialidad Nacional Distrito 13° Chubut.
Artículo 4°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.
Ordenanza N° 1.830/20. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, en la XII Sesión Ordinaria del año 2020, el día 05 de noviembre de 2020. Registrada en Acta N° 16/20
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