ORDENANZA N° 1.823/20

VISTO:

                 La Ley XVI N° 46, las Ordenanzas N° 1724/19 y N° 1697/19, y la Resolución Municipal N° 307/20. Y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley XVI N° 46, Ley de Corporaciones Municipales, en su Artículo 34°, establece que corresponde al Concejo sancionar las Ordenanzas Impositivas y la determinación de los Recursos y Gastos de la Corporación Municipal.

Que, la Ordenanza 1763/19, fija el valor del Modulo Municipal, facultando al Poder Ejecutivo a modificar mediante Resolución el valor del Módulo cuatrimestralmente, según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC, estableciendo que mencionada resolución deberá ser ratificada por el Honorable Concejo Deliberante.

Que, mediante Resolución N° 307/20, el Departamento Ejecutivo Municipal resuelve fijar a partir del 08 de Septiembre de 2.020 el valor del Módulo Municipal en pesos  cuarenta y dos (42, 00), elevando el instrumento de referencia al Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin para su ratificación por Ordenanza N° 1815/20.

Que, de acuerdo a los fundamentos expuestos por la Secretaria de Hacienda de la Municipalidad de Trevelin en la normativa de marras, según informes publicados por el INDEC de los meses de Marzo, Abril, Mayo, Junio, Julio y Agosto de 2020, el índice de precios al consumidor acumuló en ese periodo de tiempo quince coma ocho (15, 8) puntos a niveles generales.

Que, mediante la Ordenanza N° 1815/20 se resolvió el inconveniente administrativo que impedía que se otorgaran habilitaciones / licencias ya solicitadas en este Honorable Concejo Deliberante y en el Área de Bromatología.

Que, el Cuerpo Legislativo de este Honorable Concejo Deliberante se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.

POR ELLO:

                               El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Fíjese el valor de Módulo en pesos treinta y ocho ($38,00) para el cobro de la licencia a todos aquellos vecinos que hayan gestionado la licencia para Taxis y Remises con fecha anterior a la sanción de la Ordenanza N° 1815/20, sosténgase el Módulo en pesos treinta y ocho ($38, 00)  hasta el 31 de Diciembre de 2.020.

Artículo 2°: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal

Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

Ordenanza N° 1.823/20. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, en la XI Sesión Ordinaria del año 2020, el día 22 de octubre de 2020. Registrada en Acta N° 15/20

A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga

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