ORDENANZA N° 1.815/20

VISTO:

                La Ley XVI N° 46; la Ordenanza Municipal N° 1763/19; la Resolución del DEM N° 307/20; la Nota N° 529/20 HCD, enviada por la Secretaría de Hacienda. Y,

CONSIDERANDO

Que, la Ley XVI N° 46, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de las facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.

Que, la Ordenanza Municipal N° 1.763/19, Artículo 85°, establece el Valor del Módulo en pesos Treinta y Ocho ($38).

Que, por Resolución N° 307/20 el Departamento Ejecutivo Municipal fija el nuevo valor del Módulo en pesos Cuarenta y Dos ($42).

Que, corresponde al Concejo Deliberante ratificar dicha Resolución, según lo determinado por la Ordenanza N° 1.763/19.

Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto precedentemente, a fin de sancionar la presente normativa.

POR ELLO:

                         El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1° RATIFÍCASE en todos sus términos la Resolución N° 307/20 del Departamento Ejecutivo Municipal.

Artículo 2°: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal, y al Área de Hacienda para su conocimiento e implementación.

Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

Ordenanza N° 1815/20. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, a los 08 días del mes de octubre de 2020, en la X Sesión Ordinaria del año 2020. Registrada bajo Acta N° 14/20.

A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga

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