VISTO:
La Ley XVI N° 46; las Ordenanzas Municipales N° 1118/13, N° 1436/16; las Notas, ingresadas al HCD, N° 424/20, N° 526/20. Y,
CONSIDERANDO
Que, la Ley XVI N° 46, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de las facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, la Ordenanza Municipal N° 1.118/13 fija el ordenamiento del servicio de transporte de personas en vehículos de alquiler y transporte de cargas (taxiflet) en el Ejido Municipal de Trevelin.
Que, la Ordenanza Municipal N° 1.365/15 modificó el Anexo I de la OM N° 1.118/13.
Que, la Ordenanza Municipal N° 1.436/16, Art. 202°, legisla respecto a las Bajas de Oficio a la habilitación de actividades comerciales, cuando por inspección se constate que han dejado de desarrollarse o cerrado el comercio.
Que, tal procedimiento precitado se ha llevado a cabo, de manera espontánea, respecto de la Agencia de Remises, con nombre de fantasía “Pronto Remis”, en el año 2017, según Certificado Municipal de Baja de Comercio, Ref: C0002- Categoría B.
Asimismo, y por Resolución N° 142/20 se ha procedido a dar de Baja a la Agencia de Remises, con nombre de fantasía “Remisera Trevelin”.
Que, tales Bajas Comerciales han producido una vacancia en el cupo de Agencias de Remises, según lo determinado por la Ordenanza N° 1.118/13, Art. 29° y Anexo I y su modificatoria.
Que, mediante Nota N° 424/20, el Sr. Eric Williams solicita a este Concejo Deliberante se le otorgue una Licencia Comercial para la instalación de una Agencia de Remises.
Que, mediante Nota N° 526/20, la Dirección de Bromatología, a través del Ejecutivo Municipal, eleva para tratamiento del HCD, otorgar la Licencia, antes mencionada, en favor del Sr. Eric Williams, manifestando que se encuentran configuradas las condiciones para tal fin.
Que, por Acta N° 50/20, de la Comisión Permanente se expide de lo expuesto precedentemente.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1° AUTORÍZASE al Sr. Eric Alin Williams, D.N.I. N° 33.774.016, a instalar una Agencia de Remises, con nombre de fantasía “La Colonia”, en la calle Cacique Nahuel Pan.
Artículo 2°: MODIFÍCASE el Anexo I de la Ordenanza N° 1.118/13, consecuente del Art. 29º, y consecuentemente el Anexo I de la Ordenanza N° 1365/15, el que quedará redactado como Anexo I de la presente, suplantándose “Pronto Remis” por “La Colonia”
Artículo 3º: Sirva, la presente,de instrumento legal a los efectos de tramitación de la Licencia Comercial correspondiente, y todo requerimiento a cumplimentar para la correcta prestación del servicio de remis.
Artículo 4º: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su implementación y al Área que corresponda para los efectos correspondientes.
Artículo 5°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.
ANEXO I- ORDENANZA N° 1.812/20
AGENCIA DE REMIS
LA COLONIA
REMISES DEL SUR
REMISES DEL LAGO
PARADAS DE TAXIS
EL CORDILLERANO
EL VALLE
CARRIZO
NAHUELPAN
RÍO AZUL
DEL BARRIO
ZONA HOSPITAL J. D. EVANS
Ordenanza N° 1.812/20. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, el día 24 de septiembre de 2020, en la IX Sesión Ordinaria del año 2020. Registrada bajo Acta N° 13/20.
A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga