VISTO:
La Ley XVI N° 46; las Ordenanzas Municipales N° 1118/13, N° 1277/14, N°1365/15; la solicitud presentada por el Sr. Horacio Alonso; la Resolución N° 275/20 del Ejecutivo Municipal; la Nota que Ingresa al HCD, bajo registro N° 391. Y,
CONSIDERANDO
Que, la Ley XVI N° 46, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de las facultades constitucionales, sancionando las ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, la Ordenanza Municipal N° 1118/13, determina el marco normativo para el servicio de Taxis, Remises, Radio-Taxis y Taxi-Flet en la jurisdicción de Trevelin.
Que, las Ordenanzas Municipales N° 1277/14 y N° 1365/15, modifican el artículo 11° y el Anexo I de la Ordenanza N° 1118/13, respectivamente.
Que, el Sr. Horacio Alonso presentó, ante el Poder Ejecutivo Municipal, un pedido de Licencia vehicular de Remis.
Que, por Resolución Municipal N° 275/20, el Departamento Ejecutivo le otorga al Sr. Horacio Alonso la Licencia solicitada.
Que, por Nota Ingresada al HCD, bajo registro N° 391/20, el DEM solicita, al Cuerpo Legislativo, el tratamiento de la mencionada Resolución.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto precedentemente, a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1° RATIFÍCASE en todos sus términos la Resolución N° 275/20 del Departamento Ejecutivo Municipal.
Artículo 2°: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal, y al Área que corresponda para su conocimiento e implementación.
Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.
Ordenanza N° 1.804/20. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin, el día 10 de septiembre de 2020, en la VIII Sesión Ordinaria del año 2020. Registrada bajo Acta de Sesiones N° 11/20.
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