ORDENANZA N° 1.669/18

VISTO:

                    La Ley XVI N° 46, y las Ordenanzas N° 885/10, N° 933/11, N° 1.003/11, y la necesidad de dar cumplimiento formal a lo determinado en el Artículo 8° de la Ordenanza N° 933/11, Y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, Artículo 33°, Inciso 30, establece que corresponde al Concejo Deliberante entender en el marco de sus facultades la reglamentación y administración del Régimen de la tierra fiscal municipal.

Que, en un mismo tenor, la normativa mencionada precedentemente, Artículo 53° establece que corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar la venta de bienes de la Corporación Municipal.

Que, mediante Ordenanza N° 1.003/11, la Municipalidad de Trevelin establece la regulación al régimen de adjudicación de la Tierra Fiscal.

Que, mediante Ordenanza Nº 885/10 se crea la Comisión Evaluadora para la selección y adjudicación de los 120 lotes, a la vez que se establece el mecanismo de ponderación de los postulantes.

Que, mediante Ordenanza N° 933/11, el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin adjudica en venta un total de 120 (ciento veinte) Lotes con servicios ubicados en las Manzanas 48, 49, 50, 51, 55, 56, 57 y 58, Sector 3, Circunscripción 1, Ejido 38.

Que, el Artículo 14° de la Ordenanza N° 885/10 determina que: “Se podrá ejecutar el pacto de retroventa en los siguientes casos: Incumplimiento del pago de cuotas: 3 (tres) consecutivas o 5 (cinco) alternadas; Incumplimiento en la presentación del Proyecto de Obra; Incumplimiento de los porcentajes y tiempos de construcción; Incumplimiento de la obligación de ocupar permanentemente el inmueble, salvo causa debidamente justificada; Falta de ejecución del proyecto dentro del plazo concedido en el Artículo 9º de la presente Ordenanza”.

Que, en un mismo sentido, el Artículo 8°, Inciso B de la Ordenanza N° 933/11, establece que serán facultades de la Comisión Evaluadora: “Anular la adjudicación en los casos de incumplimiento de lo pactado mediante las Ordenanzas N° 885/10,  N° 933/11 y Convenio de Pago”.

Que, mediante Acta N° 60/18 emitida por la Comisión Evaluadora de los 120 Lotes, registrada a Fs. 113, se ha determinado anular la adjudicación de los contribuyentes circunscriptos ut infra, en cumplimiento formal de lo determinado en el Artículo 14º de la Ordenanza Nº 885/10 y el Artículo 8º de la Ordenanza Nº 933/11.

Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.

POR ELLO:

                               El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:

ORDENANZA

Artículo 1°: ANÚLESE la adjudicación en venta de los beneficiarios que forman parte del ANEXO I de la Ordenanza Nº 933/11, en los términos del Artículo 8º de la mencionada normativa, de acuerdo a lo circunscripto ut infra:

NOMBRE Y APELLIDO TIPO DE DOCUMENTO DATOS CATASTRALES
  CABEZAS, DANIEL OSCAR   MACHADO, GRACIELA   D.N.I. 27.403.976     LOTE 3, MANZANA 49
  D.N.I. 27.270.780
  DAVIES, OSCAR EDGAR   D.N.I. 12.594.043   LOTE 13, MANZANA 50
  MONTECINO, JUAN DOMINGO   ALBORNOZ, GISELA MABEL   D.N.I. 27.403.146     LOTE 9, MANZANA 57
  D.N.I. 31.951.174
LAVADIE, VICTOR FABIÁN D.N.I. 26.389.435 LOTE 14, MANZANA 56

Artículo 2°: Establécese que el Departamento Ejecutivo Municipal deberá realizar la devolución de lo abonado por los adjudicatarios en los términos de lo establecido por el Artículo 9° de la Ordenanza N° 933/11.

Artículo 3°: NOTIFÍQUESE a los ciudadanos circunscriptos en el Artículo 1° de la presente normativa.

Artículo 4°: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su conocimiento e implementación.

Artículo 5º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.

Ordenanza N° 1.669/18. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin el día 12 de Diciembre de 2.018, en la XVII Sesión Ordinaria, registrada bajo Acta Nº 17/18.————-

A continuación, Ordenanza digitalizada para su descarga

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