VISTO:
La Ley XVI N° 46, la Ordenanza N° 1.508/16, la Resolución Municipal N° 463/18 emitida por el Departamento Ejecutivo Municipal mediante la cual se convoca a Licitación Pública para la adquisición de terrenos aptos para la urbanización y construcción de viviendas, Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XVI N° 46, Artículo 53°, determina que: “Corresponde al Concejo autorizar la venta de bienes de la Corporación Municipal. El Concejo autorizará las transmisiones o gravámenes de inmuebles municipales, con el voto de los dos tercios del total de los miembros del Concejo. La venta de inmuebles se efectuará mediante ofrecimiento público, de acuerdo con el procedimiento que determine el Concejo Deliberante”.
Que, mediante Ordenanza N° 1.508/16, el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin, en uso de las facultades conferidas por la Ley XVI N° 46, sanciona el marco regulatorio para la Adjudicación en Venta de 96 (noventa y seis) Lotes con servicios, que surgen del fraccionamiento de los inmuebles identificados catastralmente como Manzanas 27, 28, 29, 30, 31 y 32, Sector 3, Circunscripción 1, Ejido 38.
Que, la Resolución Municipal N° 463/18, se encuentra emitida en el marco de la Ordenanza Municipal N° 1.508/16.
Que, en el Artículo 18° de la mencionada Ordenanza se determina que lo recaudado por la adjudicación en venta de los 96 lotes será destinado a la compra de tierras para lotes sociales y obras de infraestructura de los mismos.
Que, en cumplimiento de la Ordenanza N° 1508/16, mediante Resolución Municipal N° 463/18, el Departamento Ejecutivo Municipal realiza el llamado a LICITACIÓN PÚBLICA N° 01/2018, la que en su Artículo 5° determina la creación de la Comisión de Pre-Adjudicación, la que está integrada por el Secretario de Obras Públicas y Planeamiento, Secretario de Gobierno y Secretario de Hacienda, por parte del Departamento Ejecutivo Municipal y, el Presidente y un Concejal de cada Bloque por parte del Honorable Concejo Deliberante.
Que, la Licitación Pública en cuestión en su Artículo 4°, consta de un presupuesto oficial estimado de pesos diez millones ($10.000.000, 00).
Que, en la reunión realizada por la Comisión de Pre-Adjudicación, tal consta en el Acta correspondiente, se verifica que la documentación de los oferentes, se encuentra en un todo de acuerdo a lo pautado en el Pliego de Base y Condiciones, sin tener objeciones al momento de su apertura.
Que, el Artículo 11°, del pliego de condiciones generales, el cual forma parte de la Resolución Municipal N° 463/18, se prevé el llamado a mejoramiento de oferta por parte de los oferentes presentado en la mencionada Licitación.
Que, mediante Nota de fecha 01/10/18, se le solicita al SR. JORGE TURCATO, único oferente de la mencionada licitación, la mejora de oferta a su presentación.
Que, mediante Nota N° 1.315 de fecha 04/10/18, el SR. JORGE TURCATO, realiza la presentación de mejora de oferta.
Que, la Comisión de Pre-Adjudicación se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar el Dictamen correspondiente.
Que, la propuesta económica presentada por el oferente, SR. JORGE TURCATO, supera en un quince por ciento (15 %) el presupuesto oficial determinado para la presente licitación.
Que, tal lo plasmado en los considerandos de la presente Ordenanza se estipula que lo recaudado por la venta de los 96 lotes, se debe destinar a la compra de nuevas tierras para idéntico fin.
Que, tal lo informado por el Departamento Ejecutivo Municipal se disponen de los fondos suficientes para la concreción de lo presupuestado por el oferente de la licitación en cuestión.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Municipalidad de Trevelin en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI N° 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º: APRUÉBESE en todos sus términos el DICTAMEN 01/18 de la Comisión de Pre-Adjudicación, sobre la LICITACIÓN PÚBLICA N° 01/2018 DEM, convocada mediante Resolución Municipal N° 463/18, por el monto de PESOS ONCE MILLONES QUINIENTOS MIL ($11.500.000, 00).
Artículo 2º: AUTORÍCESE al Departamento Ejecutivo Municipal a incrementar el presupuesto de la LICITACIÓN PÚBLICA N° 01/2018 DEM, convocada mediante Resolución Municipal N° 463/18, en un quince por ciento (15%).
Artículo 3º: Establécese que la adjudicación deberá concretarse cumplimentando los plazos previstos en el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES (PCP) establecido en la LICITACIÓN PÚBLICA N° 01/2018 DEM, Anexo I, convocada mediante Resolución Municipal N° 463/18.
Artículo 4°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.
Ordenanza N° 1.650/18. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin el día 01 de Noviembre de 2.018, en la XIV Sesión Ordinaria, registrada bajo Acta Nº 14/18.————–
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