VISTO:
La Ley XVI N° 46, las Ordenanzas Municipales N° 1.003/11, N° 1.234/14 y N° 1.444/16, y el Expediente N° 89/13 obrante en el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin, caratulado como “SOLICITUD DE TÍTULO DE PROPIEDAD Y ESCRITURA DE CASA EN Bº MUNICIPAL”, Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XVI N°46, Artículo 33°, Inc. 30, determina que corresponde al Honorable Concejo Deliberante la reglamentación y administración de la Tierra Fiscal.
Que, la misma Ley en su Artículo 53° establece que corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar la venta de los bienes de la Corporación Municipal.
Que, la Ordenanza N° 1.003/11 regula la adjudicación de la Tierra Fiscal.
Que, la Ordenanza N° 1.234/14 es complementaria de la Ordenanza N° 1.003/11.
Que, la Ordenanza N° 1.444/16 es modificatoria y complementaria de la Ordenanza N° 1.003/11.
Que, mediante Expediente N° 89/13, obrante en el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin, la Sra. Jaquelina Marcela Díaz, solicita la regularización registral del inmueble identificado catastralmente como Parcela 7, Manzana 47, Sector 2, Circunscripción 1, Ejido 38.
Que, a Fs. 07 del Expediente Nº 89/13, mediante certificación protocolizada, la Sra. Diana Margarita Almendra CEDE, VENDE Y TRANSFIERE a favor de la Sra. Jaquelina Marcela Díaz, todos los derechos, acciones y mejoras que tiene y le corresponden o le pudieran corresponder, sobre el Lote 1, Manzana 4-D, Quinta 29, Localidad de Trevelin.
Que, a Fs. 08, la Sra. Diana Almendra de Barría, expresa su decisión de renunciar a la tenencia de la Vivienda Nº 1 del Plan 1 – Barrio Municipal de la Localidad de Trevelin.
Que, a Fs. 13, obra Contrato de Adjudicación, celebrado el día 07 de febrero del año 1.991, en el cual la Municipalidad de Trevelin hace entrega a la Sra. Diana Margarita Almendra el inmueble identificado catastralmente como Quinta 29, Manzana 4 D, Lote 1, del Ejido Municipal de Trevelin.
Que, a Fs. 14, obra Convenio de Adjudicación, celebrado el día 18 de abril del año 1.995, en el cual la Municipalidad de Trevelin hace entrega a la Sra. Díaz de Guzmán Jaquelina Marcela el inmueble identificado catastralmente como Lote D 21, Manzana 4, Quinta 29, del Ejido Municipal de Trevelin.
Que, a Fs. 03/04, consta divorcio vincular entre la Sra. Díaz, Jaquelina Marcela y el Sr. Guzmán, Calixto Elmar; declarando disuelta la sociedad conyugal al día 16 de agosto de 2013.
Que, de acuerdo al Dictamen emitido por el Asesor Legal del Honorable Concejo Deliberante, obrante a Fs. 40 del Expediente N° 89/13, el Cuerpo Legislativo podría avanzar con la solicitud de la Sra. Jaquelina Marcela Díaz, previa acreditación, mediante instrumento protocolizado, de consentimiento por parte del Sr. Calixto Elmar Guzmán, debido a que no consta en la documentación analizada división de bienes de la sociedad conyugal disuelta en la sentencia de divorcio plasmada a Fs. 03/04.
Que, a Fs. 41, mediante Actuación Notarial Nº 28470, ESCRITURA NÚMERO CUATROCIENTOS CINCUENTA, el Sr. Calixto Elmar Guzmán, cede y transfiere a favor de la Sra. Jaquelina Marcela Díaz todos los derechos, acciones y obligaciones que tiene, le corresponden o le pudieran corresponder respecto del inmueble identificado catastralmente como Parcela 7, Manzana 47, Sector 2, Circunscripción 1, Ejido 38.
Que, en virtud de que el inmueble citado precedentemente fue adjudicado en venta y cancelado, de acuerdo a la documentación obrante en el Expediente Nº 89/13, es menester autorizar a la Sra. Jaquelina Marcela Díaz a realizar la correspondiente Escritura Traslativa de Dominio.
Que, de acuerdo al Dictamen emitido por el Asesor Legal del Honorable Concejo Deliberante, obrante a Fs. 40, este órgano podría avanzar con la presente solicitud, respetando las disposiciones establecidas mediante Ordenanza N° 1.003/11.
Que, cumplimentado los procedimientos formales establecidos, es menester otorgar resolución formal a la presente solicitud.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se encuentra facultado para dar procedimiento formal a lo estipulado por el Artículo 25° de la Ordenanza N° 1.003/11.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorícese al INTENDENTE DE LA MUNCIPALIDAD DE TREVELIN, SR. GUSTAVO OMAR ALEUY, D.N.I. N° 12.594.168, a otorgar la ESCRITURA TRASLATIVA DE DOMINIO del inmueble identificado catastralmente como Parcela 7, Manzana 47, Sector 2, Circunscripción 1, Ejido 38, con todo lo adherido y plantado en el mismo, a nombre de la SRA. JAQUELINA MARCELA DÍAZ, D.N.I. N° 22.495.596, en virtud de los sucesos expuestos ut supra.
Artículo 2°: Establécese que los gastos de escrituración estarán a cargo del adjudicatario del inmueble descripto en el Artículo 1° de la presente normativa.
Artículo 3°: Establécese que en la Escritura Pública, deberá constar lo establecido en el Artículo 4° de la Ordenanza N° 1.234/14.
Artículo 4°: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su implementación.
Artículo 5°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.
Ordenanza N° 1.552/17. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin el día 21 de Septiembre de 2.017, en la XIII Sesión Ordinaria, registrada bajo Acta Nº 14/17.————–
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