VISTO:
La Ley XVI N° 46, las Ordenanzas Municipales N° 1.003/11, N° 1.234/14 y N° 1.444/16, y el Expediente N° 01/16 obrante en el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin, caratulado como “Solicitud de Título de Propiedad”, Y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XVI N°46 en su Artículo 33° Inc. 30, determina que corresponde al Honorable Concejo Deliberante la reglamentación y administración de la Tierra Fiscal.
Que, la misma Ley en su Artículo 53° establece que corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar la venta de los bienes de la Corporación Municipal.
Que, la Ordenanza N° 1.003/11 regula la adjudicación de la Tierra Fiscal.
Que, la Ordenanza N° 1.234/14 es complementaria de la Ordenanza N° 1.003/11.
Que, la Ordenanza N° 1.444/16 es modificatoria y complementaria de la Ordenanza N° 1.003/11.
Que, mediante Expediente N° 01/16, obrante en el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin, la Sra. Delia Malvina Rocha, solicita la regularización registral del inmueble identificado catastralmente como Parcela 10, Manzana 17, Sector 3, Circunscripción 5, Ejido 38 (Ex Manzana 19, Lote 2 A).
Que, de acuerdo a lo establecido a Fs.16 del Expediente N° 01/16, mediante Resolución Municipal N° 173/95 se adjudica y transfiere a la Sra. Delia Malvina Rocha, la superficie de cuatrocientos diecinueve metros cuadrados con veinte centímetros (419, 20 m2) Lote 2 A, Manzana 19, numeración otorgada por Expediente P-736-94 de la Dirección de Catastro de la Provincia.
Que, a Fs. 08 del Expediente N° 01/16, se celebra el correspondiente Convenio de Pago entre la Municipalidad de Trevelin y la Sra. Delia Malvina Rocha, en cumplimiento de lo estipulado por Resolución Municipal N° 137/95.
Que, mediante ESCRITURA NÚMERO CUATROCIENTOS OCHENTA, Protocolo Notarial N° 965, el Intendente de la Municipalidad de Trevelin formaliza la Redistribución de los Inmuebles propiedad del Municipio, determinados como Lotes 1 y 2 de la Manzana 19, Ejido de Trevelin, Colonia 16 de Octubre, resultando los inmuebles identificados como Parcelas 9, 10, 11 y 12, Manzana 17, Sector 3, Circunscripción 5, Ejido 38.
Que, de acuerdo a la nueva nomenclatura catastral el inmueble identificado catastralmente como Lote 2 A, Manzana 19, adquirió la nominación catastral identificada como Parcela 10, Manzana 17, Sector 3, Circunscripción 5, Ejido 38.
Que, en el apartado B del Expediente N° 01/16, a Fs. 01 B, la Sra. Clara de Luján Silva, solicita regularización registral del inmueble que le fuera adjudicado mediante Resolución Municipal N° 300/05, identificado catastralmente como Parcela 10, Manzana 17, Legua 22 de Aldea Escolar, debido a que la solicitante realizó las mejoras sobre el inmueble identificado catastralmente como Parcela 9, Manzana 17, Sector 3, Circunscripción 5, Ejido 38, resultando presuntamente un error procedimental administrativo del Poder Ejecutivo Municipal al momento de adjudicar mencionado inmueble.
Que, a Fs. 02 B del Expediente N° 01/16, se celebra el correspondiente Convenio de Pago entre la Municipalidad de Trevelin y la Sra. Clara de Luján Silva.
Que, mediante ESCRITURA NÚMERO CUATROCIENTOS OCHENTA Y UNO, Actuación Notarial N° 921485, se formaliza la Escritura Traslativa de Dominio a favor de la Sra. Clara de Lujan Silva, sobre el inmueble identificado catastralmente como Parcela 10, Manzana 17, Sector 3, Circunscripción 5, Ejido 38.
Que, mediante ESCRITURA NÚMERO OCHOCIENTOS CUARENTA Y UNO, la Sra. Clara de Lujan Silva, VENDE a su madre, Sra. Clara Rosa García, el inmueble identificado catastralmente como Parcela 10, Manzana 17, Sector 3, Circunscripción 5, Ejido 38.
Que, en virtud de los errores administrativos llevados a cabo por el Poder Ejecutivo Municipal al momento de Adjudicar el inmueble mediante Resolución Municipal N° 300/05, fue necesario instar a las partes intervinientes a llegar a un acuerdo formal respecto a los inmuebles comprometidos.
Que, de acuerdo al Dictamen emitido por Asesor Legal del Honorable Concejo Deliberante, obrante a Fs. 31 B del Expediente N° 01/16, se deja constancia de un acuerdo de partes, en el cual la Sra. Clara Rosa García deberá cederle a la Sra. Delia Malvina Rocha el inmueble identificado catastralmente como Parcela 10, Manzana 17, Sector 3, Circunscripción 5, Ejido 38 (Cesión de Derechos realizada mediante ESCRITURA MIL TRESCIENTOS QUINCE, obrante a Fs. 30 B) y, por consiguiente, el Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin adjudicará de manera gratuita a la Sra. Clara Rosa García el inmueble identificado catastralmente como Parcela 9, Manzana 17, Sector 3, Circunscripción 5, Ejido 38, con el objeto de que la misma pueda escriturar, en virtud de que las mejores se encuentran sobre el mencionado inmueble.
Que, en virtud de los errores procedimentales cometidos en cuanto a la competencia para la Adjudicación de Tierras Fiscales, la cual es un poder exclusivo y excluyente del Honorable Concejo Deliberante, conforme a lo dispuesto por la Constitución de la Provincia de Chubut y la Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, se impone la necesidad de resguardar la seguridad jurídica de la Corporación Municipal y su identidad representativa frente a los ciudadanos, siendo menester destacar que los adjudicatarios de mencionados inmuebles han cancelado los Convenios de Pago interpuestos.
Que, cumplimentado los procedimientos formales establecidos, es menester otorgar resolución formal a la presente solicitud.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se encuentra facultado para dar procedimiento formal a lo estipulado por el Artículo 25° de la Ordenanza N° 1.003/11.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente normativa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona la presente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorícese al INTENDENTE DE LA MUNCIPALIDAD DE TREVELIN, SR. GUSTAVO OMAR ALEUY, D.N.I. N° 12.594.168, a otorgar la ESCRITURA TRASLATIVA DE DOMINIO del inmueble identificado catastralmente como Parcela 9, Manzana 17, Sector 3, Circunscripción 5, Ejido 38, con todo lo adherido y plantado en el mismo, a nombre de la SRA. CLARA ROSA GARCÍA, D.N.I. N° 06.162.599, en virtud de los sucesos expuestos ut supra.
Artículo 2º: Autorícese al INTENDENTE DE LA MUNCIPALIDAD DE TREVELIN, SR. GUSTAVO OMAR ALEUY, D.N.I. N° 12.594.168, a otorgar la ESCRITURA TRASLATIVA DE DOMINIO del inmueble identificado catastralmente como Parcela 10, Manzana 17, Sector 3, Circunscripción 5, Ejido 38, con todo lo adherido y plantado en el mismo, a nombre de la SRA. DELIA MALVINA ROCHA, D.N.I. N° 24.304.255, en virtud de los sucesos expuestos ut supra.
Artículo 3°: Establécese que los gastos de escrituración estarán a cargo de los adjudicatarios de los inmuebles descriptos en los Artículos 1° y 2° de la presente normativa.
Artículo 4°: Establécese que en la Escritura Pública, deberá constar lo establecido en el Artículo 4° de la Ordenanza N° 1.234/14.
Artículo 5°: Elévese al Poder Ejecutivo Municipal para su implementación.
Artículo 6°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.
Ordenanza N° 1.516/17. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin el día 20 de Abril de 2.017, en la IV Sesión Ordinaria, registrada bajo Acta Nº 04/17.————————
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