RECHAZAR EN TODOS SUS TÉRMINOS LA RESOLUCIÓN N° 267/2.024 DE LA SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA DE LA NACIÓN
VISTO:
La Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales; la Nota N° 866/24 ingresada al Honorable Concejo Deliberante de Trevelin; el Acta N° 12/24 del Libro de Actas de Comisiones Permanentes, Especiales y de Receso del Honorable Concejo Deliberante de Trevelin; Y
CONSIDERANDOS:
Que, la Ley Provincial XVI N° 46 de Corporaciones Municipales, Artículo 30º, establece que corresponde al Concejo Deliberante el ejercicio de sus facultades constitucionales, sancionar las Ordenanzas y disposiciones pertinentes.
Que, la Resolución N° 267/2.024 de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía de la Nación, le exige a las empresas proveedoras de bienes y servicios que no incluyan en sus facturas conceptos ajenos al bien o servicios contratados.
Que, la Resolución N° 267/2.024, en el artículo 1° especifica que: “La información relacionada con los conceptos contenidos en los comprobantes emitidos por los proveedores de bienes y servicios en el marco de las relaciones de consumo, conforme las denomina el Artículo 3°de la Ley N° 24.240 y sus modificatorias, deberán referirse en forma única y exclusiva al bien o servicio contratado específicamente por el consumidor y suministrado por el proveedor, no pudiendo contener sumas o conceptos ajenos a dicho bien o servicio, sin perjuicio de toda otra información de carácter general que corresponda incluir en el documento emitido, conforme a la norma aplicable”.
Que, la Resolución mencionada precedentemente en el artículo 2°, refiere que: “El incumplimiento a lo establecido en la presente resolución será pasible de ser sancionado conforme el régimen de penalidades previsto en la Ley N° 24.240 y sus modificatorias, y normas reglamentarias”.
Que, con esta medida, los municipios quedan impedidos de cobrar indirectamente tasas y otras contribuciones en las facturas emitidas por servicios de energía o similares.
Que, las políticas públicas que toma el Gobierno nacional, a fuerza de Decretos, Resoluciones y Leyes van en contra de gran parte de la sociedad argentina y que solo beneficia a un puñado de empresarios nacionales e internacionales.
Que, la Resolución N° 267/2.024, tiende a profundizar el centralismo, violando la autonomía de las Provincias y los Municipios, privándolas de recursos y dejándolas a merced de los caprichos que el gobierno central de turno se le ocurre.
Que, la Federación Chubutense de Bomberos Voluntarios, se encuentra en estado de alerta por la Resolución N° 267/2.024, la cual establece la eliminación de impuestos y tasas ajenas a la naturaleza del servicio contratado por los consumidores, lo que entendemos deja fuera también a las Tasas de Bomberos instrumentadas mediante Ordenanzas Municipales sobre las Concesiones de Servicios Públicos en el ámbito de sus jurisdicciones.
Que, la Resolución N° 267/2.024 no sólo afecta al método de financiamiento y recaudación de una institución vital para nuestra comunidad como lo es la Asociación de Bomberos Voluntarios de Trevelin, sino también otras instituciones que, en definitiva, se encargan de ayudar a que en Trevelin tengamos cada día un mejor estilo de vida.
Que, otra de las instituciones gravemente afectadas por esta Resolución es la Cooperadora del Hospital Rural de Trevelin, institución que históricamente ha acompañado con la administración del aporte de todos los vecinos y vecinas de nuestro pueblo para el bien común, logrando adquirir un sinfín de instrumental, herramientas, aportes para arreglos varios, compra de insumos, entre otros. La reciente compra de un digitalizador de la máquina de Rayos X para el hospital, da cuenta reciente de lo que el aporte colectivo puede lograr en nuestra comunidad.
Que, como se mencionó previamente, otra institución afectada sería la Biblioteca Popular Perito Francisco Pascasio Moreno que percibe de forma voluntaria por parte de cada usuario una cuota social, siendo la boleta de la Cooperativa 16 de Octubre uno de los métodos menos onerosos y cómodos para la institución que promueve el buen hábito de la lectura y todas las actividades culturales que de ello se desprenden.
Que, a su vez, el sistema de recolección de residuos municipal también se realiza a través del cobro de la boleta de la Cooperativa 16 de Octubre de forma efectiva y eficiente, poniendo en riesgo el financiamiento constante y mantenido de ése servicio que la Municipalidad de Trevelin brinda de forma directa sin tercerizaciones.
Que, resulta de vital importancia que el Gobierno de la Provincia del Chubut no adhiera a la medida adoptada por el Gobierno de Javier Milei, a través de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía de la Nación.
Que, el Cuerpo Legislativo del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin se expide de lo expuesto ut supra a fin de sancionar la presente Comunicación.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Trevelin en uso de sus facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 de Corporaciones Municipales, sanciona la presente:
COMUNICACIÓN
Artículo 1°: RECHAZAR en todos sus términos la Resolución N° 267/2.024 de la Secretaria de Industria y Comercio del Ministerio de Economía de la Nación.
Artículo 2°: INVITAR a los Honorables Concejos Deliberantes y Municipio de la provincia del Chubut a manifestarse en rechazo a la Resolución N° 267/2.024 de la Secretaria de Industria y Comercio del Ministerio de Economía de la Nación.
Artículo 3°: ELEVAR al Departamento Ejecutivo Municipal, a la Honorable Legislatura del Chubut, al Gobierno de la Provincia del Chubut, a la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía de la Nación; a los Honorables Concejos Deliberante de la Provincia del Chubut, a la Federación Chubutense de Bomberos Voluntarios, a la Cooperadora del Hospital de Trevelin, a la Biblioteca Popular “Perito Francisco Pascasio Moreno”, y a la Cooperativa 16 de Octubre para su conocimiento y efectos pertinentes.
Artículo 4°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido, Archívese.